REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veintitrés (23) de noviembre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000210
PARTE ACTORA: ROSIO CAROLINA ARMAS, Venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 10.582.800.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: HECTOR RAMON ALVARADO, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 26.810
PARTE DEMANDADA: .
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCISCO RODRIGUEZ GONZALEZ, Abogado en ejercicio, inscrita el Inpreabogado bajo el Nº 81.058.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy martes, veintitrés (23) de noviembre del año dos mil cuatro (2004), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron a la misma los ciudadanos HECTOR RAMON ALVARADO y FRANCISCO RODRIGUEZ GONZALEZ, ya identificados. Las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte Demandada se compromete a pagar a la parte Demandante los siguientes conceptos y montos-------------------------------------------------------------------------------
Fecha de Ingreso 05 de Octubre de 1998
Fecha de Egreso 17 de Septiembre de 2003
Tiempo de Servicio 4 años, 11 meses y 12 días

CONCEPTOS MONTOS
Antigüedad Art. 108 L.O.T 2.124.717,00
Vacaciones 285.415,00
Utilidades 116.666,00
Intereses sobre Prestaciones Sociales 973.202,00
TOTAL 3.500.000,00
SEGUNDO: Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES TRES MILLONES QUINIENTOS MIL (Bs. 3.500.000,00), cantidad ésta que será cancelada por la empresa demandada CONJUNTO RESIDENCIAL BELO HORIZONTE a favor de la demandante ciudadana ROSIO CAROLINA ARMAS, de la siguiente forma:
FECHA MONTO
30/11/2004 750.000,00
20/12/2004 750.000,00
23/01/2005 500.000,00
23/02/2005 500.000,00
23/03/2005 500.000,00
23/04/2005 500.000,00
TOTAL 3.500.000,00
Dichos pagos serán realizados a través de cheques emitidos a nombre de la Demandante, debiendo verificarse el ultimo de los pagos por ante este Tribunal.--------------
TERCERO: La parte demandante conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de demanda incluyendo Honorarios Profesionales de Abogados, Intereses de Mora e Indexación.--------------------------------------- Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada. Asimismo, se deja expresa constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la audiencia preliminar, les han sido devueltas. ------------------------------------------
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES,

HECTOR RAMON ALVARADO

FRANCISCO RODRIGUEZ GONZALEZ
LA SECRETARIA,

ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
Exp. No. WP11-L-2004-000210.