REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS Maiquetía, dieciocho de octubre del año dos mil cuatro (2004).-
194° y 145°
Vistas las precedentes diligencias instruidas a petición de la ciudadana: HENRRY EMMANUEL MILLAN MARCANO, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 5.411.590. Igualmente visto el Oficio N° UCI-0796- 2004, de fecha 02 de Septiembre de 2004, emanado de la Alcaldía del Municipio Vargas, Dirección de Gestión Económica, Unidad de Catastro e Inmuebles del Estado Vargas, el Tribunal dejando en todo caso a salvo los derechos de terceros de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, lo declara TÍTULO SUPLETORIO, única y exclusivamente sobre las bienhechurías, para asegurar los derechos aducidos por el postulantes en la solicitud que corre por encabezamiento de las mismas.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLÓRZANO
LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES
En fecha __ se devuelve constante ( ) folios útiles, quedando anotado bajo el N° S-648/04.
LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES
MS/YP/if.
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