REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecucion del Estado Vargas
Macuto, 15 de Octubre de 2004
194º y 145º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2004-002858
ASUNTO : WP01-P-2004-000102


Visto que a pesar de las múltiples citaciones que se han realizado, hasta el momento no se ha presentado el ciudadano JIMI JOSE MENESES, quien es de nacionalidad venezolana, natural de La Guaira, estado Vargas, nacido en fecha 02/05/85, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Rosa Meneses y padre desconocido, residenciado en La Bloquera, casa sin número, sector El Piache, Catia La Mar, estado Vargas, o en Pozo, casa sin número, Carayaca, estado Vargas y titular de la cédula de identidad número V-18.536.273, a los fines de ser impuesto del auto de ejecución que fue dictado en fecha 06/07/04, en virtud de haber sido condenado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal a cumplir la pena de UN AÑO Y SEIS MESES DE PRISION por la comisión del delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal y a las accesorias de ley, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución de este Circuito Judicial Penal ACUERDA ordenar la aprehensión del ciudadano JIMI JOSE MENESES, de conformidad con lo establecido en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal, por no haber cumplido la totalidad de la pena que le fuera impuesta en fecha 03/06/04 por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en Función de Juicio de este Circuito Judicial Penal, la cual fue de un año y seis meses años de prisión. En consecuencia, líbrese la correspondiente boleta de encarcelación en el Centro Penitenciario Metropolitano Yare I y orden de captura anexa a oficio a la División de Capturas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, a los fines consiguientes. Regístrese, notifíquese y déjese copia de la anterior decisión. Cúmplase.
LA JUEZ,

PATRICIA SALAZAR LOAIZA.
LA SECRETARIA,

ABG. JOYCEMAR GARCIA.