REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

PARTE ACTORA: ADMINISTRADORA INVERSIONES ACTUALES LA GUAIRA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Sexto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 13 de Noviembre de 1997, bajo el Nro. 39, Tomo 13-A Sto.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: PIERINA RODRIGUEZ AMORE y DULCE MARÍA VEGA, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 68.835 y 63.791, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: JESUS RAFAEL SALAZAR HIDALLGO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 51.830.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: LUIS EDUARDO PULIDO CANINO, abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 98.377.
MOTIVO: COBRO DE BOLIVARES.
EXPEDIENTE Nro. 9285.

En el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, intentó la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA INVERSIONES ACTUALES LA GUAIRA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Sexto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 13 de Noviembre de 1997, bajo el Nro. 39, Tomo 13-A Sto., contra el ciudadano JESUS RAFAEL SALAZAR HIDALLGO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 51.830. Mediante diligencia de fecha 07 de Octubre de 2004, el apoderado de la parte demandada, consignó copia certificada de la transacción celebrada entre las partes por ante el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual fue homologada por ese Tribunal por auto de fecha 13 de Julio de 2004. Asimismo, solicitó al Tribunal de por terminado el presente juicio y ordene el levantamiento de las medidas preventivas que actualmente recaen sobre los bienes de su mandante, conforme a las cláusulas sexta, quinta, segunda y tercera de dicha transacción. En dicha transacción en su cláusula sexta, las partes acordaron entre otros procesos judiciales principales e incidentales, dar por concluido el “juicio por cobro de Bolívares por cuotas de condominio del apartamento N° 51 del CARSUS, el cual cursa actualmente por ante el Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, bajo el N° 9285”.
EL TRIBUNAL PARA PROVEER OBSERVA:
La transacción, es definida por el legislador en el artículo 1.713, del Código Civil como el “contrato por el cual las partes, mediante recíprocas concesiones, terminan un litigio pendiente o precaven un litigio eventual”, concepto este que encuadra perfectamente en la declaración formulada por las partes en la transacción celebrada por ante el Juzgado Décimo Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que en copia certificada cursa en el presente expediente.
En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, que prevee:
“Las partes pueden terminar el proceso pendiente, mediante transacción celebrada conforme a las disposiciones del Código Civil. Celebrada la transacción en juicio, el Juez la homologará si versare sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, sin lo cual no podrá procederse a su ejecución”, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, procede a homologar en todas y cada una de sus partes la transacción celebrada, antes identificada, con fuerza de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 255 eiusdem. ASI SE ESTABLECE.
Con respecto a la solicitud de levantamiento de la Medida Ejecutiva de Embargo, se proveerá por auto separado en el Cuaderno de Medidas.
Por los razonamientos anteriormente este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes la Transacción celebrada en el juicio que por COBRO DE BOLIVARES, sigue la Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA INVERSIONES ACTUALES LA GUAIRA, C.A., contra el ciudadano JESUS RAFAEL SALAZAR HIDALGO, antes identificadas.
Publíquese y Regístrese la anterior decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en Maiquetía, a los catorce (14) días del mes de Octubre de dos mil cuatro (2004).
AÑOS: 194° de la Independencia y 145° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,

LIZBETH ALVARADO FRIAS LA SECRETARIA;

Abg. HAIDEE DE MEDINA
En la misma fecha, siendo las 10:10 a.m., se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA,