REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 18 de Octubre de 2004.-
194° y 145°

Vista la diligencia que antecede suscrita por los abogados JOSE ANGEL LUGO y EVELIO ESCOBAR, parte actora, en la cual solicita se decrete la ejecución forzosa de la sentencia dictada en fecha 12 de Agosto de 2004, por este Juzgado en el presente juicio, este Tribunal acuerda de conformidad con lo solicitado. En consecuencia, decreta la ejecución forzosa de dicha sentencia. Asimismo, decreta Medida Ejecutiva de Embargo sobre bienes propiedad de la parte demandada hasta alcanzar la suma de DOS MILLONES QUINIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs. 2.520.000,00), que comprende el doble de la suma condenada a pagar, más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 280.000,00), equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la cantidad condenada a pagar. Que en caso de que la medida de embargo recayera sobre cantidad líquida exigible, la medida deberá ser practicada hasta por la suma de UN MILLÓN CUATROCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 1.400.000,00), que comprende la suma líquida condenada a pagar, más las costas calculadas prudencialmente por el Tribunal en la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs. 280.000,00), equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la cantidad condenada a pagar. Para la práctica de la medida decretada, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de Municipio de esta Circunscripción Judicial, a quien se ordena librar despacho con las inserciones correspondientes. Líbrese despacho y oficio. Cúmplase.
LA JUEZ TITULAR;


LIZBETH ALVARADO FRIAS
EL SECRETARIO Acc;

WILLIAM ANSUALDE

En esta misma fecha se libró el despacho ordenado y se remitió anexo al
Oficio N°___________. EL SECRETARIO Acc