REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. CARAYACA, VEINTISEIS (26) DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CUATRO. (2004).-
194° y 145°


Vista la anterior solicitud de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, interpuesta por el ciudadano DELIO AMADO PEDRON, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.643.636, asistido por la ABG. JUANA E. PACHECO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 89.028, désele entrada y anótese en el Libro respectivo. En consecuencia, cítese a la ciudadana FLOR MARIA PEDRÓN LOZANO, titular de la Cédula de Identidad N° V-4.565.884, a los fines de que comparezca ante este Juzgado al Tercer (3er.) día de despacho siguiente a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a las 11:00 a.m., (mañana), con el fin de que reconozca o no, en su contenido y firma el documento privado presentado con la solicitud.- Líbrese la boleta correspondiente y junto con la copia certificada del documento, entréguese al Alguacil de este Tribunal para que practique la citación.- Una vez evacuada la misma, devuélvase original y sus resultas a la parte interesada.- Cúmplase.-
LA JUEZ,


ABG. LUCIA MASSIMO. S.

EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS. A. BIAGGINI. C.

En esta misma fecha, queda anotada en el Libro respectivo, bajo el N° 242-04.-
EL SECRETARIO,


ABG. CARLOS. A. BIAGGINI. C.

LMS/Cabc/aqp.-