REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO


Maiquetía, veintiuno (21) de Octubre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°


ASUNTO: WP11- L- 2004 – 000180

Vista la sentencia dictada en fecha nueve (09) de Septiembre del año en curso, por este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, mediante la cual se declaró CON LUGAR la acción intentada por la parte actora en el presente proceso y definitivamente firme como ha quedado; este Tribunal DECRETA SU EJECUCIÓN. En consecuencia, la parte demandada en el presente juicio, deberá dentro de los tres (03) días hábiles siguientes a esta fecha, dar cumplimiento voluntario al fallo, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 180 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ

DRA. REBECA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA

ABG. RAFALMY BENÍTEZ

RM/RB/Angel*