REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO


Maiquetía, cinco (05) de Octubre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°


ASUNTO: WP11- S- 2004 - 000049

Vista la solicitud de homologación formulada por la ciudadana MARTHA ELENA ALEMÁN DE LEONETTI, en su carácter de DIRECTORA VICE-PRESIDENTE de la UNIDAD EDUCATIVA INSTITUTO CIENCIAS DEL MAR CAPITÁN DE ALTURA DOCTOR JOSÉ MOROS PARADA, C.A., asistida en este acto por la Profesional del Derecho MARLENE DA SILVA; y el ciudadano MILLÁN BORGES ANTONIO, en su condición de extrabajador de la empresa antes mencionada debidamente asistido por la profesional del Derecho MARIA DOS SANTOS DE FREITES, en virtud de la transacción laboral presentada en fecha primero (01) de Octubre de 2004, ante este Circuito Judicial del Trabajo, y visto que la misma no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal actuando de acuerdo a las facultades conferidas en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, lo HOMOLOGA EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada.
LA JUEZ,


DRA. REBECA MARTÍNEZ


LA SECRETARIA,


ABG. RAFALMY BENÍTEZ
RM/RB/Angel*