REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, siete (07) de octubre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE:
PARTE ACTORA: ANAILIMIXAN ROMERO REVERON, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad V- 13.043.082.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: MARIA FABIOLA RODRIGUEZ, Abogada en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.609.
PARTE DEMANDADA: RUTAS AEREAS, C. A (RUTACA). Inscrita inicialmente en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Agrario del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, bajo el N° 76, folios vuelto del 214 al 220 del Libro de Registro de Comercio N° 103 y luego inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SAUL ANTONIO ANDRADE, Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado EL No. 52.653
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy jueves, siete (07) de octubre del año dos mil cuatro (2004), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, comparecieron a la misma la demandante ciudadana ANAILIMIXAN ROMERO REVERON, debidamente asistida por la abogada MARIA FABIOLA RODRIGUEZ, asimismo compareció el Apoderado Judicial de la parte demandada, abogado SAUL ANTONIO ANDRADE, quien presentó Instrumento Poder que acredita su representación. Celebrada la Audiencia, las partes han llegado a los siguientes acuerdos de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en los siguientes términos: PRIMERO: Las partes han conciliado y reconocen como ciertas las cantidades que a favor del trabajador demandante, fueron originados de la relación laboral que los unió, como a continuación se relacionan: -----------
Fecha de Ingreso: 01/11/2002
Fecha de Egreso: 02/08/2004
Tiempo de servicio: 1 AÑO 9 MESES
Motivo: Renuncia.

Concepto Dias Salarios Bolívares
Prestación de Antigüedad Art 108 LOT 115,00 11.672,22 1.342.305,30
Utilidades fraccionadas 8,75 11.000,00 96.250,00
Bono vacacional fraccionado 5,25 11.000,00 57.750,00
Vacaciones fraccionadas 11,25 11.000,00 123.750,00
Intereses sobre prestaciones 10,00 60.023,00
Domingos trabajados 2,00 11.000,00 22.000,00
Horas extras diurnas 20.625,00
Horas extras nocturnas 16.087,50
Bono de Alimento (Cesta Tickets) 150.000,00
Bonificación Transaccional 269.209,20
TOTAL ASIGNACIONES 2.158.000,00
menos adelantos de prestaciones 750.000,00
menos deuda de equipo celular 158.000,00
TOTAL DEDUCCIONES 908.000,00
TOTAL A PAGAR 1.250.000,00

SEGUNDO: Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES UN MILLON DOSCIENTOS CINCUENTA MIL SIN CENTIMOS (Bs.1.250.000,00), cantidad ésta que es cancelada el día de hoy a favor de la trabajadora a través de cheque No. 13372579 de la cuenta No. 0134-0186-17-1863020774 de la empresa RUTAS AEREASD, C. A en el Banco Banesco, Oficina Ciudad Bolívar, Av. República.----------------------------------------------
TERCERO: La parte demandante conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados en el libelo de demanda incluyendo, intereses de mora, indexación y honorarios profesionales de Abogados, los cuales corren por cuenta de la accionante. Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de cosa juzgada.
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ

LAS PARTES COMPARECIENTES,



ANAILIMIXAN ROMERO REVERON



MARIA FABIOLA RODRIGUEZ



SAUL ANTONIO ANDRADE,

LA SECRETARIA


ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS