REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veinte (20) de Septiembre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°
ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000224
PARTE ACTORA: CASMAR XIOMARA MORENO GÓMEZ, Titular de la Cédula de Identidad Nº V- 17.154.409.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Procuradora de Trabajadores del Estado Vargas, ANA MARINA DIAZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 76.626.
PARTE DEMANDADA: DISTRIBUCIÓN DE HELADERÍA MAJOS
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA: MAURICIO JOSÉ GOUVEIA DE FREITAS, Titular de la Cédula de Identidad Nº 14.721.515.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES y OTROS CONCEPTOS.
En el día hábil de hoy, veinte (20) de Septiembre de 2004, siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijadas para que tenga lugar el acto de prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron los ciudadanos:, CASMAR XIOMARA MORENO GÓMEZ, ANA MARINA DÍAZ y MAURICIO JOSÉ GOUVEIA DE FREITAS. Dándose así inicio a la Audiencia Preliminar, las partes proceden a dar cumplimiento a lo acordado en la Audiencia de fecha 06 de septiembre del presente año, y es por lo que la parte actora hace entrega a la parte demandada, la cantidad de DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (BS. 200.000,00), por concepto de Prestaciones Sociales, en dinero efectivo, quien lo recibe a su entera satisfacción, no quedando deuda alguna por parte de la empresa para con la trabajadora, por los referidos conceptos reclamados en el presente procedimiento, así como cualquier otro que pudiere corresponderle en virtud de la relación laboral que la uniera a la empresa demandada, y que en esta misma fecha queda resuelto. PUNTO ÚNICO: Este Tribunal, en vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso, y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden publico, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Igualmente se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes al inicio de la Audiencia Preliminar les han sido devueltas.
LA JUEZ,
DRA. IMPERIO SALAZAR YÉPEZ PARTES COMPARECIENTES
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA
REPRESENTANTE DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. RAFALMY BENÍTEZ YUMAS.
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