REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO, DEL TRABAJO Y DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO VARGAS



Maiquetía, 16 de septiembre de 2004.
194° y 144°

Vencido como se encuentra el lapso en que correspondía a las partes presentar sus observaciones a los informes de la contraparte en este procedimiento, sin que ninguna de ellas hiciera uso de tal derecho, este Tribunal Superior se reserva el lapso de sesenta (60) días calendario siguientes a la presente fecha, para pronunciar su fallo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil.

EL JUEZ


ABG. IDELFONSO IFILL PINO
LA SECRETARIA Acc.


LIXAYO MARCANO MAYORA


IIP/LMM/jgmf
EXP. N 1366
“Liquidación de Com. Conyugal.”