REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 13 de Septiembre de 2004.

194º y 145º

Vista la anterior demanda de DAÑOS Y PERJUICIOS POR ACCIDENTE DE TRANSITO y los recaudos acompañados, presentados por la ciudadana: CARMEN JEANETH EUSEBIO ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 15.025.059, debidamente asistida por el Abogado en ejercicio de este domicilio ciudadano: ELIO DANIEL MUSTIOLA RIZO, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 46.776, el Tribunal observa que la misma no es contraria al orden público a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expresa de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 150 de la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, publicada en Gaceta Oficial Nº 37.332, de fecha veintiséis (26) de noviembre de dos mil uno (2001), el cual textualmente establece: Artículo 150, “.... El procedimiento para determinar la responsabilidad civil derivada de accidentes de tránsito en los cuales se hayan ocasionado daños a personas o cosas, será el establecido para el juicio oral en el Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de lo dispuesto en el Código Orgánico Procesal Penal, sobre la reparación de daños. La acción se interpondrá por ante el Tribunal competente según la cuantía del daño, en la Circunscripción donde haya ocurrido el hecho....”. Por expresa remisión de la Ley Especial, señala el juicio oral establecido en los artículos 859, y siguientes del Código de Procedimiento Civil, para el presente caso; es por lo que se procede a admitir la presente demanda, en cuanto a lugar a derecho, formándose expediente y anotándose en el libro respectivo. En consecuencia se emplaza al demandado ciudadano: JOSE JAVIER ZAMBRANO, mayor de edad, y titular de la Cédula de identidad N° 7.997.325, en su carácter de conductor y propietario del vehículo placas 290-BAE, para que comparezcan por ante este Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes contados a partir de que conste en autos su citación, a fin de que presenten escrito de contestación a la demanda incoada en su contra, líbrese compulsa de citación, con inclusión del auto de admisión y la orden de comparecencia al pié, una vez conste en autos los fotostatos consignados. Se acuerda oficiar al Comandante del Cuerpo Técnico de Vigilancia del Tránsito Terrestre Unidad Estatal N° 03 Vargas Instituto Nacional de Tránsito Terrestre, Ministerio de Infraestructura, para que informe al Tribunal, a la mayor brevedad posible, si fue levantado en fecha 16 de Julio de 2004, un accidente de transito ocurrido, aproximadamente a las 11:30 P. M., en la intersección de la Calle Primera con Avenida Ibarra de Macuto, Parroquia Macuto, Municipio Vargas del Estado Vargas, entre el vehículo vehículo: Marca: Toyota, Modelo: Land Cruiser, año: 1.976, color: Verde, Clase Rustico, Tipo: Sedan, Uso: particular, capacidad: Seis puestos, Placas: AMT930, Serial número: FJ40900050 y el vehículo Marca Chevrolet, Modelo Cheyenne, Año: 1.994, Color Rojo, Clase: Camioneta, Tipo Puck Up, Uso: Carga, Placas 290-BAE, capacidad tres puestos, Serial número: C1K4KRV326511. Líbrese el correspondiente oficio.
LA JUEZ:

DRA. MERCEDES SOLÓRZANO
LA SECRETARIA

ALEXANDRA BRETO
En esta misma fecha se le dio entrada quedando anotado bajo el N° 5992, se libró oficio Nº 1176/04. No se libraron las compulsas por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
LA SECRETARIA

ALEXANDRA BRETO
MS/AB/if.
Exp Nº 5992.