REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 23 de Septiembre de 2004.
194° y 145°
Vista la diligencia que antecede, presentada en fecha 10/09/04, por el ciudadano: JOAO HUMBERTO SOUSA E. FREITES, titular de la Cédula de Identidad N° 12.954.863, en su carácter de parte intimada, asistido por la Dra. LILIANA MARIA DE FREITAS DE ANDRADE, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 104.786, mediante la cual, manifiesta su aceptación y consentimiento con el DESISTIMIENTO, propuesto por la parte intimante. El Tribunal, por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley, y trata sobre derechos disponibles por las partes, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Artículo 265 eiusdem, da por consumado el acto en los términos expuestos. En consecuencia se suspenden las medidas preventivas de embargo que pesan sobre los bienes propiedad de los demandados, las cuales fueron decretadas por auto de fecha 15 de junio de 1.999. Expídanse por Secretaría las copias certificadas solicitadas y entréguense al interesado, una vez consten en autos los fotostatos respectivos para su elaboración.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. MERCEDES SOLÓRZANO.
ALEXANDRA BRETO.
MS/AB/if.
Exp. N° 4470.