REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 24 de Septiembre de 2004.
194° y 145°

Vista la anterior solicitud de PRESUNCION DE MUERTE, presentada por las Dras. OLIMPIA DINORA BARRIOS y ROSA MARIBEL AGUILERA, Abogadas en ejercicio, de éste domicilio e inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros. 31.622 y 47.178 respectivamente, en su carácter de Apoderadas Judiciales de la ciudadana: LUZ MARINA ACOSTA DE CASTRO, Venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 3.481.677, en su carácter de presunta heredera ab-intestato de la ciudadana: CARMEN AMELIA CASTRO ACOSTA, titular de la Cédula de Identidad N° V-6.888.039, quien para los días 15 y 16 de Diciembre de 1.999, residía en la Calle Alberto Carnevalli, Quinta Lulumar, de la Urbanización CARMEN DE URIA, Jurisdicción de la Parroquia Naiguatá del Estado Vargas, y por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición prevista en la Ley, la admite en cuanto ha lugar en derecho. En consecuencia de conformidad con lo establecido en el Artículo 438 del Código Civil, se ordena la publicación en el Diario EL UNIVERSAL de la solicitud y del presente auto, cada quince (15) días, durante tres meses, en forma legible, caso contrario no será aceptado para su incorporación en el expediente, para que todas aquellas personas que se crean asistidas de algún derecho en la PRESUNCION DE MUERTE de la prenombrada ciudadana, comparezcan por ante este Tribunal a partir de la primera publicación y consignación que del referido Edicto que al efecto se ha de librar, se haga en el expediente. Advirtiéndose que concluido el período se procederá a la evacuación de pruebas y la declaración consiguiente.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,

Dra. MERCEDES SOLORZANO.
ALEXANDRA BRETO.



En la misma fecha se admitió y se le dio entrada bajo el N° 5995. Se libró el Edicto, conforme a lo ordenado.
LA SECRETARIA,


ALEXANDRA BRETO.


MS/AB/wg.
Exp. N° 5995.