REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
EN SU NOMBRE
 
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN
 
FUNCIONES DE CONTROL DEL
 
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL  ESTADO VARGAS
 
						
 
						   Macuto,  14 de septiembre de 2004
 
								    194º y 145º
 
DISPOSITIVA
 
	En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JAIME DANIEL HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana , Natural de Carúpano, Estado sucre, fecha de nacimiento 11-12-63, de 40 años de edad, estado civil Casado, profesión u oficio Obrero, hijo de Erasmo Martínez (f) y de Milvida Josefina Hernández (v), titular de la cédula de identidad N° 5.884.262  y residenciado en: Colina de Ezequiel Zamora, Calle Principal, Casa S/N°, cerca de la Capilla, Catia La Mar, Estado Vargas, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas,  ello de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 ordinales 2, 3 y primer parágrafo ambos del Código Orgánico Procesal  Penal. SE ORDENA  la aplicación del procedimiento abreviado por flagrancia, de acuerdo a lo dispuesto en el  artículo 248 en concordancia con el artículo 373 ejusdem.
 
		Regístrese, publíquese, déjese copia y líbrense las boletas de encarcelación al Internado Judicial de Los Teques. Remítase en su oportunidad la presenta causa al Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial.
 
LA JUEZ,
 
 
ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ
 
							LA SECRETARIA,
 
 
							ABG. JEANY CAMACARO 
 
Causa WP01-S-2004-017842
 
 
 
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