REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN
FUNCIONES DE CONTROL DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 14 de septiembre de 2004
194º y 145º
DISPOSITIVA
En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano JAIME DANIEL HERNANDEZ, de nacionalidad Venezolana , Natural de Carúpano, Estado sucre, fecha de nacimiento 11-12-63, de 40 años de edad, estado civil Casado, profesión u oficio Obrero, hijo de Erasmo Martínez (f) y de Milvida Josefina Hernández (v), titular de la cédula de identidad N° 5.884.262 y residenciado en: Colina de Ezequiel Zamora, Calle Principal, Casa S/N°, cerca de la Capilla, Catia La Mar, Estado Vargas, por la presunta comisión del delito de TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, ello de conformidad con lo establecido en los artículo 250 y 251 ordinales 2, 3 y primer parágrafo ambos del Código Orgánico Procesal Penal. SE ORDENA la aplicación del procedimiento abreviado por flagrancia, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 248 en concordancia con el artículo 373 ejusdem.
Regístrese, publíquese, déjese copia y líbrense las boletas de encarcelación al Internado Judicial de Los Teques. Remítase en su oportunidad la presenta causa al Tribunal de Juicio de este Circuito Judicial.
LA JUEZ,
ROSA AMELIA BARRETO DIANEZ
LA SECRETARIA,
ABG. JEANY CAMACARO
Causa WP01-S-2004-017842
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