REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 22 de Septiembre de 2004
194° y 145°
Vista la anterior demanda y recibida como ha sido del Juzgado Distribuidor de Municipio de esta Circunscripción Judicial, éste Tribunal conforme a lo establecido en el Artículo 640 del Código de Procedimiento Civil, LA ADMITE cuanto ha lugar en derecho, désele entrada, anótese en el libro respectivo y fórmese expediente. En consecuencia, intímese a la ciudadana MARIA ELENA SALAZAR, a fin de que dentro de diez (10) días de Despacho siguientes a la constancia dejada en autos por el Alguacil del Tribunal de haber practicado la intimación comparezcan por ante éste Tribunal para que pague o formule oposición sobre las sumas adeudadas en el libelo de la demanda, las cuales se señalan a continuación:
PRIMERO: La cantidad QUINIENTOS VEINTIDOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA BOLIVARES (Bs. 522.980,oo), que asciende a la suma total del referido Instrumento Cambiario, objeto de esta demanda.
SEGUNDO: La cantidad de QUINCE MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 40/100 CENTIMOS (Bs. 15.689,40), por concepto de intereses del 15/06/04 al 15/09/04, más los que se sigan venciendo hasta la total cancelación de la obligación demandada, calculados prudencialmente a la tasa del uno por ciento (1%) mensual.-
TERCERO: Las costas y costos del presente procedimiento hasta su terminación, calculados prudencialmente por el Tribunal.
Se le advierte a la intimada, que de no pagar o formular oposición se procederá a la ejecución forzosa de la cantidad demandada.
Compúlsese el libelo de la demanda y con la orden de comparecencia al pié, entréguese la misma al Alguacil de éste Tribunal a los fines de que practique la intimación ordenada. En relación con la medida solicitada se proveera por auto separado.
LA JUEZ
DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ
LA…
…SECRETARIA ACC.
DRA. FRANZULY YOLE MARIN.
En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 1060/04. Se deja constancia que se libró la compulsa de intimación, y se entregó al Alguacil del Tribunal.
LA SECRETARIA ACC.
DRA. FRANZULY YOLE MARIN.
EXP. N° 1060/04
SRP/LPF/marysabel