REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 27 de Septiembre de 2004
Años 194° y 145°

Vista la diligencia inserta al folio 163 del presente expediente, suscrita por la Dra. ADA LEON LANDAETA, en su carácter de apoderado de la parte actora, y definitivamente como ha quedado la sentencia dictada en fecha 06/07/2004, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en dicha sentencia, en concordancia con lo previsto en el Artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, y a los fines de determinar los montos que debe cancelar la parte demandada al actor, designa como Experto Contable, al ciudadano JESUS CLEMENTE, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Contador Público, titular de la Cédula de Identidad N° 9.855.657, para que de conformidad con los Capítulos Tercero y Cuarto de la aludida sentencia, calcule los intereses de mora sobre las cuotas de condominio condenadas a pagar, cuyo monto es el siguiente: DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON SETENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 2.550.432,78), desde el mes de agosto de 2000 hasta el mes de febrero de 2003, los cuales deberán calcularse a la rata del uno por ciento (1%) mensual, o sea, el doce por ciento (12%) anual. Asimismo, la indexación de la cantidad ordenada a pagar, la cual deberá ser realizada tomando en cuenta los índices de inflación establecidos por el Banco Central de Venezuela, desde el 14 de marzo de 2003, fecha en la cual se admitió la presente demanda, y hasta la fecha en que el experto designado consigne el informe respectivo. Notifíquese para que comparezca por ante éste Tribunal al tercer (3er.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su notificación, a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos, preste juramento de Ley. Se advierte que una vez que conste en autos las resultas del informe pericial, se procederá a decretar la ejecución de la sentencia antes mencionada. Líbrese boleta de notificación con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ LA SECRETARIA ACC.,

ABG. FRANZULY MARIN
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA ACC.,