REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS

Maiquetía, 09 de Septiembre de 2004
Años 194° y 145°

Vista la diligencia inserta al folio 88 de la Segunda Pieza del Cuaderno Principal del presente expediente, suscrita por la Dra. LOURDES CONTRERAS, en su carácter de apoderado de la parte actora, y definitivamente como ha quedado la sentencia dictada en fecha 28/04/2004, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en dicha sentencia, en concordancia con lo previsto en el Artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, y a los fines de determinar los montos que debe cancelar la parte demandada al actor, designa como Experto Contable, al ciudadano CELSO HIDALGO, mayor de edad, de este domicilio, de profesión Contador Público, para que de conformidad con los Capítulos séptimo y Octavo de la aludida sentencia, calcule la Indexación Salarial de la cantidad ordenada a pagar, la cual deberá ser realizada guiándose por los intereses que al efecto haya fijado el Banco Central de Venezuela. Asimismo, los intereses generados por las prestaciones sociales, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, y cuyo monto sobre el cual debe hacerse dicho cálculo es el siguiente: CUATROCIENTOS VEINTIUN MIL TRESCIENTOS SEIS BOLIVARES (Bs. 421.306,oo); ambos conceptos, desde el 02 de febrero de 2001, fecha en la cual se admitió la presente demanda, y hasta la fecha en que el experto designado consigne el informe respectivo. Notifíquese para que comparezca por ante éste Tribunal al tercer (3er.) día de Despacho siguiente a la constancia en autos de su notificación, a fin de que manifieste su aceptación o excusa al cargo, y en el primero de los casos, preste juramento de Ley. Se advierte que una vez que conste en autos las resultas del informe pericial, se procederá a decretar la ejecución de la sentencia antes mencionada. Líbrese boleta de notificación con las inserciones pertinentes.-
LA JUEZ,

DRA. SCARLET RODRIGUEZ PEREZ LA SECRETARIA ACC.,

ABG. FRANZULY MARIN
En esta misma fecha se dio cumplimiento con lo ordenado en el auto anterior.-
LA SECRETARIA ACC.,