REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Maiquetía, 20 de Septiembre de 2004
194° y 145°

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: 11477
PARTE ACTORA: ROXANA COLMENARES, titular de la Cédula de Identidad N° V.- 6.499.852.
ASISTIDA POR: FELIPE R. BETANCOURT PORTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 33.665.
PARTE DEMANDADA: HOTEL OLÉ CARIBE CORPORACIÓN HOTELERA FASIAN C.A, Y HOTELES 67, C.A
APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCIS ZAPATA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 63.513
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.


En el día hábil de hoy, a los veinte (20) días del mes de Septiembre del año dos mil cuatro (2004), siendo las once y media de la mañana (11:30 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presentes las partes mencionadas al inicio del Acta; igualmente se deja constancia de la Comparecencia de los Ciudadanos: OSCAR CANDEIRA FERNANDEZ y CELSO ALONSO MARTINEZ, titulares de las Cédulas de Identidad N° 6.976.204 y 12.958.231, respectivamente, en su carácter de directores de la Empresa Hoteles 67 C.A.-
Celebrada la Audiencia, las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

PRIMERA: Ambas partes admiten que la trabajadora prestó sus servicios para la empresa HOTELES 67, C.A.


SEGUNDA: Ambas partes están contestes en señalar y admitir que la fecha de ingreso de la trabajadora fue el 04/04/2001| y la fecha de egreso fue 22/07/2002.

TERCERA: Ambas partes están contestes en señalar y admitir que el salario mensual devengado de la trabajadora fue de la cantidad de QUINIENTOS MIL BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 500.000,oo).

CUARTA: Las partes se reunirán extrajudicialmente a los fines de conversar y llegar a un acuerdo en aras de la mediación y deberán informar a este Tribunal las resultas en la próxima prolongación.

QUINTA: Por cuanto han quedado pendiente otros aspectos que analizar las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente Audiencia para el día Miércoles 06 de Octubre del 2004 a las 10:30 a.m. de conformidad con lo previsto en el articulo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley. Igualmente se deja constancia que las pruebas aportadas por las partes quedan en custodia de este Tribunal.
LA JUEZA TEMPORAL


DRA. BETTY LUQUEZ

EL SECRETARIO ACC.


ABG. ARNALDO RODRIGUEZ



POR LA PARTE ACTORA

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ROXANA COLMENARES



______________________
FELIPE BETANCOURT P.

POR LA PARTE DEMANDADA



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FRANCIS ZAPATA


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CELSO ALFONSO MARTINEZ

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OSCAR CANDEIRA FERNANDEZ
BLP/AR.-
Exp. N° 11477