REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veinte (20) de septiembre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°
ASUNTO: WP11- S- 2004 - 000033
Vista diligencia de esta misma fecha, presentada por el ciudadano CARLOS HUMBERTO DENIS RODRIGUEZ, en su carácter de Demandante en el presente Juicio, debidamente asistido por el Abogado ROOMER ALEXANDER ROJAS LA SALVIA y MARISOL MARQUEZ DE NOBREGA en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa demandada ALIMENTOS POLAR COMERCIAL C.A. mediante la cual consignan escrito Transaccional, solicitando se habilite el tiempo necesario para su homologación; en tal sentido, por cuanto no han sido vulnerados los derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, este Tribunal HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN EN LOS TÉRMINOS EXPUESTOS, dándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo previsto en el Artículo 30 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el Artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Asimismo se acuerda expedir las copias certificadas solicitadas por la parte demandada.
LA JUEZ,
DRA. REBECA MARTÍNEZ
LA SECRETARIA,
ABG. RAFALMY BENÍTEZ
RM/RB/Rafalmy.
EXP. N° WP11-S-2004-000033
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