REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO
Maiquetía, veinte (20) de septiembre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000170
PARTE ACTORA: MIRTHA RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-4.119.061
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: WLADIMIR ORTEGA, REBECA ALBARRACÍN, CAROL YURIMA MÁRQUEZ y MARÍA FABIOLA RODRIGUEZ, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 29.706, 61.846, 100.610 y 100.609, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “JUNTA DE CONDOMINIO CENTRO COMERCIAL LITORAL.”.
MOTIVO: "COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”.

En el día hábil de hoy, veinte (20) de septiembre del dos mil cuatro (2004), siendo las diez (10:00am) horas de la mañana, día y hora fijadas para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja constancia de que se encuentran presentes los ciudadanos: WLADIMIR ORTEGA, REBECA ALBARRACÍN y CAROL YURIMA MÁRQUEZ; Apoderados Judiciales de la parte actora, todos plenamente identificados supra. Se deja constancia que la parte demandada no compareció al acto de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno. Igualmente se deja expresa constancia que los representantes legales de la parte accionante, consignaron en este acto escrito de promoción de pruebas, constante de un (01) folio y su vuelto con anexos marcados con la letra “A”, referido a Providencia Administrativa N°P.A. 241/04, emanada de la Inspectoría del Trabajo del Estado Vargas de fecha 06 de abril de 2.004, contentiva de 03 folios útiles en copia fotostática. Anexos marcados con los números: 1 al 65, referidos a Recibos de Pagos de salarios correspondientes a los años 2.003, 2.002, 2.001 y 2.000, a nombre de la extrabajadora MIRTHA RODRÍGUEZ; anexos marcados con los números: 66 al 72, referidos a recibos de pagos de vacaciones, correspondientes a los años 2.000,2.003 y 2.002 en este orden, a nombre de la ciudadana MIRTHA RODRÍGUEZ en copia fotostáticas. Y anexos marcados con el número: 73 referido a recibo de pago de utilidades de fecha 30 de noviembre de 2.002. Todos presentados en copias fotostáticas. En cuanto a la incomparecencia de la parte accionada a la Audiencia Preliminar, este Tribunal, declara la Admisión de los hechos alegados por la parte demandante, en cuanto no sean contrarios a derechos. En consecuencia, vista la complejidad del caso presentado, toda vez que se requiere de un análisis detallado de los conceptos demandados, este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución de La Circunscripción Judicial del Estado Vargas, actuando con las facultades que le han sido otorgadas en los artículos 6 y 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se reserva la publicación del texto íntegro de la Sentencia dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DR. JOSÉ GREGORIO GONZÁLEZ.


LAS PARTES COMPARECIENTES,



APODERADOS JUDICIALES DE
LA PARTE ACTORA,









LA SECRETARIA,

ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN.
EXP. N° WP11-L-2004-000170
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”