REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, veintidós (22) de septiembre de dos mil cuatro (2004)
194° y 145°

ACTA


N° DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000188
PARTE ACTORA: ADEL JOSÉ ROJAS, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V- 3.804.810.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ, WLADIMIR ORTEGA y REBECA ALBARRACÍN, abogados en ejercicio, e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 100.609, 29.706 y 61.846, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “TRANSPORTE CATAURE C. A. y TRANSPORTE M.H.P., C.A.” inscritas por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha: 31 de marzo de 2.000, anotado bajo el No 73, Tomo 3-A. y por ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en fecha 03 de abril de 2002 bajo el N° 68, Tomo 5-A respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: OVER ARNESTO CIPRIANI GONZÁLEZ, OMAR RAFAEL NOTTARO ALFONZO y DIELIXA MARLENE CABALLERO PACHECO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números: 13.491, 22.920 y 70.507.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy, veintidós (22) de septiembre del dos mil cuatro (2004), siendo las doce (12:00m.) horas del mediodía, día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: ADEL JOSÉ ROJAS parte actora, MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ Apoderada Judicial de la parte actora., también comparecieron OMAR RAFAEL NOTTARO ALFONZO y DIELIXA MARLENE CABALLERO PACHECO, Apoderados Judiciales de las empresas demandadas, todos plenamente identificados supra, dándose así inicio a la prolongación de la Audiencia Preliminar, donde la parte demandada manifiesta el acuerdo de pagarle al demandante, los conceptos laborales que por cobro de prestaciones sociales y otros beneficios le corresponden, previa consideración de los datos siguientes; Fecha de Ingreso: 29-09-2003., Fecha de egreso: 04-06-2004., Tiempo de servicio: ocho (08) meses y seis (06) días., Salario diario Bs. 20.000,00., El monto acordado a pagar por la demandada es de Bs.2.000.000,00 (Bs. DOS MILLONES SIN CENTIMOS), discriminados de la siguiente manera: 1) Prestación de Antigüedad: Artículo 108 Ley Orgánica del Trabajo, 25 días x Bs. 20.000,00=Bs. 500.000,00 (Bs. Quinientos mil sin céntimos). 2) Indemnización por despido injustificado: Art. 125 LOT numeral “2”, 30 días x Bs. 20.000,00=Bs., 600.000,00 (Bs. Seiscientos mil sin céntimos). 3) Indemnización sustitutiva del preaviso Art. 125 literal “b”, 30 días x Bs. 20.000,00=Bs., 600.000,000 (Bs. Seiscientos mil sin céntimos). 4)Utilidades Fraccionadas Art. 174 LOT, 10 días x Bs. 20.000,00=Bs. 200.000,00 (Bs. Doscientos mil sin céntimos. 5) Vacaciones Fraccionadas Art. 225 LOT, 10 días x Bs. 20.000,00=Bs. 200.000,00 (Bs. Doscientos mil sin céntimos). 6) Bono Vacacional fraccionado Art. 223 LOT 4,64 días x Bs., 20.000,00=Bs. 92.800,00 (Bs. Noventa y dos mil ochocientos) 7) menos Bs. 192.800,00 ( Bs. Ciento noventa y dos mil ochocientos) que el actor recibió como anticipo de Prestaciones Sociales, todas estos conceptos dan un total de las Prestaciones Sociales de Bs.2.000.000,00 (Bs. DOS MILLONES SIN CENTIMOS ), cantidad esta que paga la parte demandada en este acto por medio de cheque Nº 27846246 contra el BANCO BANESCO de fecha 22 de septiembre del 2004 a nombre de ADEL ROJAS quien personalmente recibe conforme. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordena el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.

EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO

LAS PARTES COMPARECIENTES,

PARTE ACTORA


APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA,


APODERADOS JUDICIALES DE
LA PARTE DEMANDADA,




LA SECRETARIA,

ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN.
EXP. N° WP11-L-2004-000188
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”