REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE:
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS


Macuto, 12 de abril de 2005
194° y 146°


Visto el escrito presentado por el abogado Gustavo Besson Bellorín, mediante a través del cual anuncia que apela de la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 22 de diciembre de 2004, mediante la cual condenó al ciudadano ANGEL JAVIER VASQUEZ a cumplir la pena de 15 años de prisión por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, esta Corte de Apelaciones hace las siguientes consideraciones:

En fecha 15 de marzo de 2005, hubo pronunciamiento en el presente asunto, con ocasión del recurso de apelación anunciado por el mencionado profesional del derecho en fecha 22/03/2005, mediante el cual, entre otras consideraciones esta Alzada expresó:

“Ahora bien, en el caso de autos advertimos claramente que la parte que interpuso el recurso de apelación se limitó a anunciarlo, es decir, no lo fundamentó debidamente, y tal como se expuso anteriormente, no es función del juez suplir los alegatos que debió esgrimir el recurrente para fundamentar la apelación, por lo que este Tribunal, en atención a lo dispuesto en el artículo 453 antes citado, declara INADMISIBLE el presente recurso de apelación. Y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el profesional del derecho Gustavo Besson Bellorín, contra la sentencia definitiva dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función Segundo de Juicio de este Circuito Judicial Penal, de fecha 21 de diciembre de 2004, mediante la cual condenó al ciudadano ANGEL JAVIER VASQUEZ a cumplir la pena de 15 años de prisión por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 34 de la ley Orgánica Sobre Sustancias estupefacientes y Psicotrópicas. Todo de conformidad con lo establecido en los artículos 435 y 453, ambos del Código Orgánico Procesal Penal”.


En tal sentido, al existir un pronunciamiento previo con relación al recurso ejercido contra la sentencia definitiva dictada en el presente asunto por el Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Juicio Circunscripcional, considera esta Corte de Apelaciones que no hay materia sobre la cual decidir relacionado con el escrito presentado en fecha 21/03/2004, por el abogado defensor Gustavo Besson. Aunado a que el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, establece que el recurso de apelación contra la sentencia definitiva se interpondrá ante el juez o tribunal que la dictó (negritas del tribunal). Igualmente debe fundarse en los motivos previstos en el artículo 452 ejusdem.

Publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.

LA JUEZ PRESIDENTE,


PATRICIA MONTIEL MADERO

EL JUEZ PONENTE, LA JUEZ,


JUAN FERNANDO CONTRERAS PATRICIA SALAZAR LOAIZA




LA SECRETARIA,

IVELISE ACOSTA FARIAS


En la misma fecha se dio cumplimento a lo ordenado en el auto que antecede.

LA SECRETARIA,

IVELISE ACOSTA FARIAS





Exp. N° WP01-R-2004-000223