REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, seis (06) de Abril del año dos mil cinco (2005).-
194° y 146°
Vistas las declaraciones rendidas por los ciudadanos WILFREDO JOSÉ LUCENA RODRIGUEZ Y HILVI ADOLFO RODRIGUEZ PACHECO, presentados por los ciudadanos: EVA JULIETA RODRIGUEZ PALACIOS, EVA LISBEYDA MERENTES RODRIGUEZ, YELITZA TERESA MERENTES RODRIGUEZ, EVELIS YESENIA MERENTES RODRIGUEZ Y DERLY VICENTE MERENTES RODRIGUEZ, en las cuales manifestaron que los ciudadanos EVA JULIETA RODRIGUEZ PALACIOS, EVA LISBEYDA MERENTES RODRIGUEZ, YELITZA TERESA MERENTES RODRIGUEZ, EVELIS YESENIA MERENTES RODRIGUEZ Y DERLY VICENTE MERENTES RODRIGUEZ, son los ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del ciudadano que en vida respondiera al nombre de VICENTE MERENTES QUEZADA, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, acuerda hacer entrega de la presente a la solicitante.-
A los efectos que curse la presente solicitud en el archivo del Tribunal, expídase copia debidamente certificada de la misma autorizándose para la elaboración de los fotostatos a la ciudadana: CARLA RIVAS, asistente adscrita a este Juzgado, quien conjuntamente con el Secretario suscribirá las copias ordenadas librar con inclusión del presente auto que las acuerda de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 del Código de Procedimiento Civil. Devuélvase original con sus resultas a los solicitantes. Cúmplase.-
LA JUEZ,
DRA. EVELYNA D´APOLLO ABRAHAM
EL SECRETARIO
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
LA PERSONA AUTORIZADA
CARLA RIVAS
En la misma fecha se devuelve original con sus resultas al solicitante, quedando anotado bajo el Nº 269-05/05.-
EL SECRETARIO
LENNYS PINTO IZAGUIRRE
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