REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, 07 de Abril de 2005
194 ° y 146°

Vista la anterior solicitud de INSERCION DE PARTIDA DE DEFUNCIÓN del finado LEOPOLDO EUGENIO GUANCHEZ CASTILLO, presentada por la ciudadana FERNANDA SOFIA ACEVEDO DE GUANCHEZ, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-1.723.668, debidamente asistida por el profesional del derecho VICENTE PAUL ANTEQUERA GUTIERREZ, Inpreabogado Nº 38.143, el Tribunal por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, la admite de conformidad con lo previsto en el Artículo 458 del Código Civil, y ordena la citación de la ciudadana FERNANDA SOFIA ACEVEDO DE GUANCHEZ, para que comparezca por ante éste Tribunal, al décimo día de despacho siguientes a la publicación de un edicto que se ordena librar, emplazando en él a todas aquellas personas que puedan ver afectados sus derechos por el presente procedimiento, para que comparezcan por ante éste Tribunal a las 10:00 A. M., del décimo día de despacho, siguiente, contados a partir de que conste en autos la publicación, consignación y fijación que del referido edicto se haga, a objeto de que tenga lugar el acto de la contestación de la demanda. Se advierte que el Edicto deberá ser publicado en el Diario “EL UNIVERSAL”, conforme a lo previsto en el Artículo 770 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese Edicto y boleta.- Notifíquese al representante del Ministerio Público de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 132 del Código de Procedimiento Civil y remítase copia certificada. Las Boletas de citación, notificación y la copia certificada se expedirán una vez conste en autos la consignación de los fotostatos respectivos.
LA JUEZ,


Dra. MERCEDES SOLÓRZANO. LA SECRETARIA,


YASMILA PAREDES
MS/YP/yariss