REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 05 de Abril del dos mil cinco (2005).
194° y 146°
Visto el escrito que encabeza estas actuaciones presentado por la ciudadana ELIS ELENA RODRIGUEZ LADERA, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.377.959, debidamente asistida por el abogado VICENTE PAUL ANTEQUERA GUTIERREZ, Inpreabogado Nº 38.143, el Tribunal observa:
Expone la presentante lo siguiente:“Sobre unas bienhechurías de mi exclusiva propiedad, ubicadas en : Barrio Marapa, sector el Piachi 3, Catia la Mar, Estado Vargas, la cual he venido ocupando desde hace seis (06) años, en forma pública, pacifica y permanente con el animo de ser dueña. La misma comprende los siguientes linderos y medidas: Norte: Con casa que es o fue de la Sra. Ana Lucia Torres. Sur: Con casa que es o fue del Sr. Elio Rodríguez.Este: Con casa que es o fue del Sr. Silvestre Melo y Oeste: Con casa que es o fue de la Sra. Xiomara Blanco.”

Ahora bien, por cuanto de autos se evidencia que los linderos señalados en el inmueble objeto de la pretensión, acceden a unas bienhechurías pertenecientes a terceros, lo que crea en el animo de esta sentenciadora, que el mismo no tiene acceso a vía alguna, por lo que éste Tribunal INSTA a la ciudadana ELIS ELENA RODRIGUEZ LADERA, a que aclare lo expuesto anteriormente.
LA JUEZ,

DRA. MERCEDES SOLORZANO. LA SECRETARIA.

YASMILA PAREDES.

MS/YP/ys.
Expediente Nº S-1075