REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRANSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 05 de Abril del año dos mil cinco (2005).
194° y 146°
Visto el anterior escrito de Reforma de Demanda, presentado por la ciudadana MARIA JOSEFINA NORIEGA, titular de la cédula de identidad Nº 10.379.433, debidamente asistida por el abogado CARLOS A. AGUILERA M., Inpreabogado N° 75.886, el Tribunal lo admite en cuanto ha lugar en Derecho. En consecuencia, se emplaza al demandado ciudadano ALIRIO ANTEQUERA, Venezolano, mayor de edad, de éste domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 1.456.952, para que comparezca por ante éste Tribunal dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos de haberse practicado su citación, a fin de que de contestación a la demanda y su reforma que le ha sido incoada. Líbrese compulsa de citación con el escrito principal de la demanda y de Reforma con su orden de comparecencia al pie entréguese a la Alguacil del Tribunal para que practique la citación.
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES SOLORZANO LA SECRETARIA.
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha no se libró la compulsa de citación, por cuanto no consta en autos los fotostatos respectivos.
LA SECRETARIA
YASMILA PAREDES.
MS./YP./ys.-
Expediente Nº 6077.