REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DE APELACIONES


Juez Ponente: José Joaquín Bermúdez Cuberos

Corresponde a esta Corte de Apelaciones resolver acerca de la apelación interpuesta en fecha 08 de julio 2003, por la abogada Yaneth Cárdenas Monsalve, actuando con el carácter de Fiscal Duodécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, contra las decisiones dictadas en fecha 26 de junio de 2003, por el abogado Fernando Medina Mancilla, Juez a cargo del Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N°2, de este Circuito Judicial Penal, mediante las cuales concedió el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena a los ciudadanos REINOSO REINOSO RAMON ALONZO y JOSE LUIS MAZO ANCENO.

Esta Corte de Apelaciones una vez revisadas las actuaciones observa que en fecha 23-08-2003 el abogado Francisco Elías Codecido Mora, Juez a cargo del Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad N° 2, de este Circuito Judicial Penal, dictó decisiones mediante las cuales revocó el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena a los penados JOSE LUIS MAZO ANCENO y RAMON ALONSO REINOSO REINOSO, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal.

Como puede observarse a los ciudadanos JOSE LUIS MAZO ANCENO y RAMON ALONSO REINOSO REINOSO, les fue revocado el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena, que les fuera otorgado en fecha 26 de junio de 2003, y que fuera objeto del recurso de apelación interpuesto por la representación fiscal, por lo que esta Corte considera inoficioso pronunciarse acerca del fondo de dicha apelación, ya que ninguna consecuencia jurídica tendría tal pronunciamiento.


DECISION

Por las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara:

UNICO: INOFICIOSO emitir algún pronunciamiento sobre el fondo de la apelación interpuesta por la abogada Yaneth Cárdenas Monsalve, Fiscal Duodécimo del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en virtud de que en fecha 23-08-2003, el Juez Segundo de Ejecución, revocó el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena a los penados JOSE LUIS MAZO ANCENO y RAMON ALONSO REINOSO REINOSO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. En consecuencia, se ordena remitir las actuaciones al Tribunal de Origen.

Publíquese, regístrese, notifíquese, déjese copia y bájense las actuaciones en su oportunidad legal.

Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, en la ciudad de San Cristóbal, a los días del mes de abril de 2005. Años 195° de la Independencia y 146° de la Federación.


Los Jueces de la Corte,



Jafeth Vicente Pons Briñez
Presidente





José Joaquín Bermúdez Cuberos Jairo Orozco Correa
Ponente Juez




William José Guerrero Santander
Secretario

En la misma fecha se cumplió lo ordenado.

William Guerrero Santander
Secretario

Exp.N° 1-Aa-1394-2002/Neyda.-