REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUTO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
CORTE DEAPELACIONES

San Cristóbal, 25 de abril de 2005

195º y 146º


Visto el recurso de apelación interpuesto por la abogada María Edilia Sánchez Ochoa, defensora de los ciudadanos BELEN TERESA BAEZ ROSALES y JAIRO VICENTE DURAN PULIDO, contra la decisión dictada en fecha 02 de mayo de 2001, por la abogada Elizabeth Rubiano Hernández, Juez de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 2, de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual declaró que no existe materia sobre la cual decidir, en relación con lo peticionado por la defensa en el sentido de que se haga un pronunciamiento sobre la cualidad de los querellantes Yurley Thmara Sánchez y Abelardo Ramírez. Y, dado que dicho recurso fue interpuesto en el término establecido en el artículo 440 (ahora 448) del Código Orgánico Procesal Penal, pues el fallo fue dictado en fecha 02 de mayo de 2001 y el escrito de apelación consignado el 08 del mismo mes y año, de donde se infiere que su interposición se hizo dentro del lapso legal, y por cuanto el recurso no se encuentra comprendido en ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 ejusdem, esta Corte de Apelaciones lo ADMITE, y acuerda resolver sobre la procedencia de la cuestión planteada dentro de los diez (10) días de audiencia siguientes al de hoy.
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Los Jueces de la Corte,



JAFETH VICENTE PONS BRIÑEZ
Presidente





JOSE JOAQUIN BERMUDEZ CUBEROS JAIRO OROZCO CORREA
Ponente Juez




WILLIAM GUERRERO SANTANDER
Secretario
Exp.Nº 1-Aa-667-2001/Neyda.-