JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 29 de abril de 2005.-


Por cuanto se observa al folio anterior, que a las diez y cero minutos de la mañana (10:00 a.m.), del día de hoy, oportunidad fijada por este Juzgado para llevar a efecto el SEGUNDO ACTO CONCILIATORIO en la presente causa, no compareció la demandante ciudadana ELIODIGNA VIVAS DE GONZALEZ, en tal virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 757 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO DE DIVORCIO.
Así mismo se ordena el archivo del presente expediente, por cuanto no hay más actuaciones pendientes.


Dr. Carlos Martín Galvis Hernández
Juez Provisorio


Abg. Margiore Rojas Alarcón
Secretaria

Exp. 4583