En el día hábil de hoy, once de abril de dos mil cinco, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen los Ciudadanos HENDER YONATHAN ROMERO SANDOVAL, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 15.565.866, asistido por el abogado VICTOR ARMANDO PULIDO ROMERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 81.918, en su condición de parte demandante y la Sociedad Mercantil PROTECCION Y VIGILANCIA MARIVAN C.A, representada por su Gerente General, Ciudadano ALIRIO MANTILLA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad N° 4.830.010, asistido por el abogado RAFAEL EDUARDO DÍAZ CHACÓN, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 12.128, en su carácter de parte demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: PRIMERO: Las partes dan por terminado el presente juicio mediante el pago de la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 1.900.000,00), suma que constituye el saldo restante por los conceptos demandados derivados de la terminación de la relación laboral, que la parte demandada paga en este mismo acto así: OCHOCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 800.000,00), en dinero efectivo y el saldo restante, es decir, la cantidad de UN MILLÓN CIEN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.100.000,00), mediante la entrega de un cheque a nombre del Ciudadano HENDER YONATHAN ROMERO S, N° S-92 13829280 perteneciente a la Sociedad Mercantil demandada, contra Banco de Venezuela de fecha 11 de abril de 2005. SEGUNDO: En la presente mediación, las partes manifiestan su total conformidad y declaran que nada quedan a deberse por ninguno de los conceptos demandados, ni por cualquier otro derivado de la terminación de la relación laboral. Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Se ordena el archivo definitivo del presente asunto.
La Jueza,

El Secretario
Abog. Liliana Duque Rosales

Abog. Miguel Colmenares Chacón

Los Presentes
Parte Demandante

Hender Yonathan Romero Sandoval Victor Pulido Romero


Parte Demandada,


Alirio Mantilla Martínez Rafael Díaz Chacón