En horas de despacho del día de hoy, Jueves Veintiuno (21) de Abril del año dos mil cinco, a las 11:35 a.m. se trasladó el TRIBUNAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BOLIVAR, INDEPENDENCIA, LIBERTAD Y PEDRO MARIA UREÑA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA y se constituyó a las 10:50 a.m en un Bien Inmueble ubicado en la calle 3 entre carreras 6 y 7, Nro.6-42, Barrio Lagunitas, San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, a los fines de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, para llevar a la práctica la Medida de Secuestro decretada por el referido Juzgado de Instancia en el Expediente Civil Nro.15676-2005, en el juicio seguido por la ciudadana YOLI ESPERANZA LIZCANO BARRIENTOS, contra el ciudadano PAULO ROBERTO MENDEZ ALVARADO, por Reconocimiento de la Comunidad Concubinaria y Subsiguiente Partición. Están presentes los Abogados JOSEFINA MARTINEZ CASANOVA, CARLOS RODOLFO MARTINEZ CASANOVA y ANTONIO JOSE MARTINEZ CASANOVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros.V-7.892.997, V-15.241.872 y V-15.241.873, Abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros.83.179, 98.360 y 104.754, respectivamente, domiciliados en la ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, en su carácter de Apoderados Judiciales de la Parte Demandante. Se encuentra presente en el lugar de la constitución la ciudadana LUZ STELLA ALVARADO JURADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-9.130.264, domiciliada en la ciudad de Caracas, aquí de tránsito, a quien se le notificó la misión del Tribunal y dijo ser la madre del ciudadano PAULO ROBERTO MENDEZ ALVARADO, Parte Demandada en el presente juicio y presentó en copia simple, poder conferido a la ciudadana LUZ STELLA ALVARADO JURADO, por el ciudadano PAULO ROBERTO MENDEZ ALVARADO, con facultades de administración, representación y firmar por el referido ciudadano en todo lo relacionado en la Firma Personal propiedad de su padre y a su nombre por razones de la Sucesión existente dejada por el ciudadano Oscar Adolfo Méndez Joves, seguidamente el Tribunal le hace saber a la ciudadana Luz Stella Alvarado Jurado el derecho a la defensa consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, conforme al cual puede hacerse asistir en este acto de un Abogado de confianza. En este estado el Tribunal pasa a designar como PERITO AVALUADOR al ciudadano RICHAR PAÚL GUILLEN GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-8.987.429, domiciliado en la Avenida Venezuela, Edificio Hermanos Sayago, apartamento 02, San Antonio del Táchira y como DEPOSITARIA JUDICIAL la Firma Personal La Seguridad, representada por la ciudadana LEDY ESPERANZA QUINTERO GARCÍA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V-3.008.894, domiciliada en Rubio, Estado Táchira, según poder conferido por ante la Notaría Pública Segunda de San Cristóbal, en fecha 10 de Septiembre de 2003, anotado bajo el Nro.23, Tomo 113, de los libros de autenticaciones llevados por esa Oficina Pública, el cual presenta Ad-effectun videndi, quienes estando presentes aceptan el cargo y juran cumplir bien y fielmente con los deberes a ellos inherentes. El Tribunal se hace acompañar en este acto del Agente Policial JESUS ANTONIO ARCINIEGAS MENDOZA, placa Nro.162, adscrito a la Región 51, Zona Policial Oeste de la DIRSOP, San Antonio del Táchira. Seguidamente solicitan el derecho de palabra los Apoderados Judiciales de la Parte Demandante, ya identificados y cedida que les fue exponen: “Solicitamos al Tribunal practique la medida de secuestro sobre los siguientes bienes muebles: 1) Doscientos Veintinueve (229) rollos de cinta adhesiva eléctrica, valorados por el perito en su conjunto en CIENTO SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.160.000,00), el cual informa al Tribunal que los mismos son marca cobra y es mercancía que se encuentra en buen estado. 2) Ciento Ochenta y Ocho (188) espátulas plásticas, valoradas por el perito en su conjunto en SESENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.65.800,00), e informa que las mismas son de color amarillo y no poseen marca visible ni referencia alguna, las cuales son mercancía que se encuentra en buen estado. 3) Setecientos Diez (710) rollos de cinta plástica adhesiva, valoradas por el perito en su conjunto en la cantidad de SETECIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.710.000,00) e informa que las mismas son cinta canela marca Morropac, los cuales son mercancía que está en buen estado. 4) Treinta y Cinco (35) Ruedas Flap, valoradas por el perito en su conjunto en NOVENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (98.000,00) e informa que las mismas son de diferentes medidas, marca Carborundun, lo cual es mercancía que se encuentra en buen estado. 5) Ocho (08) cintas métricas, valoradas todas en su conjunto por el perito en la cantidad de CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (120.000,00) e informa que las mismas son de veinte metros (20 Mts.) cada una, marca PGM, las cuales se encuentran en buen estado. 6) Cuarenta y Cinco (45) Cintas métricas, valoradas por el perito en CIENTO VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.120.000), e informa que las mismas son de tres metros (3 Mts.) cada una, marca Universal Tool y se encuentran en Buen estado. 7) Ochenta y Seis (86) rollos de cinta adhesiva transparente, valorados por el perito en su conjunto en OCHENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (86.000,00) e informa que la misma es marca 3M, y se encuentran en buen estado. 8) Seis (06) audífonos protectores de ruido, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (Bs.24.000,00) e informa que los mismos son marca 3M y se encuentran en buen estado. 9) Un estante exhibidor en metal, valorado por el perito en la cantidad de VEINTICUATRO MIL BOLIVARES (Bs.24.000,00) e informa que el mismo es de color negro y se encuentra usado y en regular estado. 10) Trescientos Setenta y Un (371) rollos de Tirro blanco, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL BOLIVARES (Bs.556.000,00) e informa que los mismos son marca Celoven y se encuentran en buen estado. 11) Trece (13) galones de acabado Poliuretano transparente brillante catalizador, valorados por el perito en su conjunto en TRESCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.350.000,00), e informa que los mismos son marca Montana y se encuentran cada uno en su envase metálico sellado y en buen estado. 12) Catorce tubos (14) de silicón, valorados todos en su conjunto por el perito en TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.35.000,00) e informa que los mismos son de diferentes colores, marca Permatex y se encuentran en buen estado. 13) Una vitrina valorada por el perito en TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.30.000,00) e informa que la misma es de 3 Mts. por 1,20 Mts., en metal y vidrio, la cual se encuentra usada y en regular estado. 14) Un estante en metal, valorado por el perito en VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.20.000,00) e informa que el mismo es de color amarillo, de siete (7) entrepaños, usado y en regular estado. 15) Cuatro Mil Treinta y Cuatro (4034) pliegos de lija, valorados todos por el perito en su conjunto en la cantidad de DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS BOLIVARES (Bs.2.823.800,00) e informa que las mismas son marca 3M de diferentes referencias y se encuentran en buen estado. 16) Ciento Cincuenta y Un (151) tubos de Silicón, valorados todos en su conjunto en la cantidad de SETECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.755.500,00) e informa que los mismos son marca Permatex, de diferentes colores, de 300 gramos cada uno, los cuales se encuentran en buen estado. 17) Ochenta y Un (81) rollos de lija tipo tela, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de OCHOCIENTOS NOVENTA Y UN MIL BOLIVARES (Bs.891.000,00) e informa que los mismos son de diferentes medidas y se encuentran en buen estado. 18) Cuatro (04) taladros, valorados todos por el perito en su conjunto en la cantidad de DOSCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.280.000,00) e informa que los mismos son Black & Decker, los cuales están nuevos, en su respectivo empaque original cada uno y en buen estado. 19) Cuarenta y Ocho (48) rollos de tirro, valorados todos por el perito en su conjunto en la cantidad de CIENTO SESENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs.168.000,00) e informa que los mismos son marca Fortino, de 8 y 5 líneas, los cuales se encuentran en buen estado. 20) Doce (12) potes espuma expansiva, valorados todos por el perito en su conjunto en la cantidad de DOSCIENTOS CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.240.000,00) e informa que los mismos son marca Sika Boom, de 500 mililitros cada uno, y se encuentran en buen estado. 21) Quince (15) tubos de pegante de vidrios de vehículos, valorados todos por el perito en la cantidad de CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000,00) e informa que el mismo es marca 3M y se encuentra en buen estado. 22) Cuarenta y Dos (42) rollos de cinta eléctrica adhesiva, valoradas todas por el perito en su conjunto en la cantidad de CUARENTA Y UN MIL BOLIVARES (Bs.41.000,00) e informa que las mismas son marca Scoth 3M, y están en buen estado. 23) Trescientos Cuarenta (340) mascarillas respiratorias valoradas por el perito todas en su conjunto en la cantidad de OCHOCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.850.000,00) e informa que las mismas son marca 3M y se encuentran en buen estado. 24) Setenta (70) filtros para mascarilla industrial, valorados todos por el perito en su conjunto en la cantidad de DOSCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.210.000,00) e informa que los mismos son marca 3M y se encuentran en buen estado. 25) Siete (7) tapas plásticas para mascarilla, valoradas todas en su conjunto por el perito en la cantidad de CATORCE MIL BOLIVARES (Bs.14.000,00) e informa que las mismas son marca 3M y se encuentran en buen estado. 26) Treinta y Seis (36) filtros en algodón para máscara industrial, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de SETENTA Y DOS MIL BOLIVARES (Bs.72.000,00) e informa que los mismos son marca 3M y se encuentran en buen estado. 27) Cuatro (4) rollos de sellador industrial de parabrisas, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.60.000,00) e informa que los mismos son marca 3M y están en buen estado. 28) Treinta y Ocho (38) brochas pequeñas en madera, valoradas por el perito en su conjunto en la cantidad de DIECISEIS MIL BOLIVARES (Bs.16.000,00) e informa que las mismas no poseen marca visible y se encuentran en buen estado. 29) Dieciocho (18) potes de fibra de vidrio, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de DOSCIENTOS DIECISEIS MIL BOLIVARES (Bs.216.000,00) e informa que los mismos son marca Masiflex, de ¼ de galón y se encuentran en buen estado. 30) Treinta y Seis (36) potes de masilla plástica, valorados por el perito en su conjunto en DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL BOLIVARES (Bs.288.000,00) e informa que los mismos son de ¼ de galón cada uno, marca Masiflex y están en buen estado. 31) Cincuenta y ocho (58) potes de masilla plástica, valorados por el perito en su conjunto en UN MILLON CUARENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.1.044.000,00) e informa que los mismos son de un galón cada uno, marca Masiflex, todos en buen estado. 32) Nueve (09) galones de revestimiento anticorrosivo, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de CIENTO TREINTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.135.000,00) e informa que los mismos son marca Sureca y están en buen estado. 33) Cuatro (04) máscaras plásticas para soldar, valoradas por el perito en su conjunto en la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs.60.000,00) e informa que las mismas son de color negro y no poseen marca visible, en buen estado. 34) Una pistola para pintar, valorada por el perito en CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,00) e informa que la misma es marca Truper, la cual se encuentra nueva y en buen estado. 35) Dos (02) pistolas para pintar, valoradas por el perito en su conjunto en CIEN MIL BOLIVARES (100.000,00) e informa que las mismas son marca Sagola, en buen estado, nuevas. 36) Once (11) potes de masilla roja, valoradas por el perito en su conjunto en CIENTO SESENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (165.000,00) e informa que los mismos son marca Venezolana de Pinturas, de ¼ de galón cada uno, todos en buen estado. 37) Diez (10) potes de fondo ultra fill, valorados por el perito en su conjunto en OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00) e informa que los mismos son marca Venezolana de Pintura, de ¼ de galón cada uno, en buen estado. 38) Un galón de fondo ultra fill, valorado por el perito en VEINTICINCO MIL BOLIVARES (Bs.25.000,00) e informa que el mismo es marca Venezolana de Pinturas y está en buen estado. 39) Ocho (08) tapas plásticas para mascarilla, valoradas por el perito en su conjunto en la cantidad de OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00) e informa que las mismas son marca 3M y se encuentran en buen estado. 40) Cincuenta y Siete (57) cajas de remaches ciego, valorados por el perito en la cantidad de DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.256.500,00) e informa que los mismos son marca Arcoli, de diferentes medida, en buen estado. 41) Quinientos Cuarenta y Dos (542) discos de corte de metal, valorados por el perito en su conjunto en la cantidad de UN MILLON TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.355.000,00) e informa que los mismos son marca Carborundun, de diferentes tamaños y en buen estado. 42) Dieciocho (18) discos en piedra para pulir, valorados por el perito en su conjunto en QUINIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.550.000,00) e informa que los mismos son marca Carborundun, en buen estado. 43) Tres (03) ruedas Flep Grandes, valoradas por el perito en su conjunto en OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.80.000,00) e informa que las mismas son marca Carborundun y se encuentran en buen estado. 44) Ciento Seis (106) Tubos de Silicón, valorados todos en su conjunto por el perito en la cantidad de QUINIENTOS VEINTE MIL BOLIVARES (Bs.520.000,00) e informa que los mismos son marca Sika en buen estado. 45) Cincuenta (50) potes de disolvente químico, valorados por el perito en CUATRO MILLONES NOVECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.4.900.000,00), e informa que los mismos son marca Sika, de diferentes referencias y están en buen estado. 46) Dos (02) máscaras transparentes para pulir, valorada por el perito en su conjunto en CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,00) e informa que las mismas no posee marca visible y están en buen estado. 47) Cincuenta (50) brazos para limpiaparabrisas, valorados por el perito en su conjunto en CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00) e informa que los mismos son marca Codinter, en buen estado. 48) Tres Mil Cuatrocientos Cincuenta (3450) Pliegos de lija valoradas por el perito en DOS MILLONES CUATROCIENTOS QUINCE MIL BOLIVARES (Bs.2.415.0000,00) e informa que las mismas son marca 3M, en buen estado. 49) Doscientos Veinte (220) Kilos de soldadura eléctrica, valorada por el perito en OCHOCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.880.000,00) e informa que la misma es marca West Arco, en buen estado. 50) Una caja con goma para vidrio de vehículo, valorada por el perito en TREINTA MIL BOLIVARES (Bs.30.000,00), sin marca visible y en buen estado. 51) Ochenta pares (80) de plumillas para limpiaparabrisas, valoradas por el perito en su conjunto en DOSCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.200.000,00) e informa que las mismas son marca Wuu Song, en buen estado. 52) Veinticuatro (24) mascarillas respiratorias, valoradas por el perito en SETENTA Y CUATRO MIL BOLIVARES (Bs.74.000,00) e informa que las mismas son marca 3M, en buen estado. 53) Cuatro (04) galones de masilla marca Shewin Willian, valorados por el perito en su conjunto en CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000) e informa que los mismos están en buen estado. 54) Una nevera dos (02) puertas, valorada por el perito en CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (BS.450.000,00) e informa que la misma en marca Daewood, serial 0104/485, en regular estado, usada y en funcionamiento. 55) Un televisor de 21 pulgadas, valorado por el perito en la cantidad de TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (300.000,00) e informa que el mismo es marca Silvania, serial 25C8-18, a color, en regular estado de uso y en funcionamiento. 56) Un teléfono Fax, valorado por el perito en CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00) e informa que el mismo es marca Panasonic, serial 2BCHB208616, en regular estado y en funcionamiento. 57) Diez (10) mangueras de alta presión, valoradas por el perito en su conjunto en CIEN MIL BOLIVARES (Bs.100.000,00) e informa que las mismas son de un metro de largo cada una, marca GUMM, en buen estado. 58). Tres (03) cuñetes de aditivo liquido impermeabilizante, valorados por el perito en su conjunto en CIENTO OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.180.000,00) e informa que los mismos son marca Sika y pesan 19 Kg. cada uno, en buen estado. 59) Quince cuñetes de sello protector, valorados por el perito en su conjunto en TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.375.000,00) e informa que los mismos son marca Ipa, en buen estado. 60) Tres (03) estantes en metal, valorados por el perito en su conjunto en CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.150.000,00) e informa que los mismos son de cinco (5) entrepaños, de color blanco, de 2 Mts. por 2 Mts., en regular estado. 61) Dos y Medio (2,5) galones de pulimento Robbing Compound, valorados por el perito en su conjunto en DOSCIENTOS CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.250.000,00) e informa que los mismos son marca 3M, en buen estado. 62) Ciento Cincuenta (150) discos de corte de metal, valorados por el perito en la cantidad de UN MILLON QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.l.500.000,00) e informa que los mismos son marca Carborundun, de 12 pulgadas cada uno, en buen estado. 63) Una vitrina tipo caja registradora, valorada por el perito en CINCUENTA MIL BOLIVARES (Bs.50.000,00) e informa que la misma es de color verde y en metal y vidrio, en regular estado. 64) Seiscientos Ochenta y Cuatro (684) discos de lija, valorados por el perito en su conjunto en UN MILLON SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.700.000,00) e informa que los mismos son marca Carborundun, en buen estado. 65) Setenta y Tres (73) llaves inglesa, valoradas por el perito en su conjunto en UN MILLON NOVENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.1.095.000,00) e informa que las mismas son marca Crescent, en buen estado. 66) Ciento Cincuenta (150) discos de lija tipo tela, valorados por el perito en TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL BOLIVARES (Bs.375.000,00) e informa que la misma es marca Carborundun, en buen estado. 67) Diecisiete (17) rollos de alambre para soldar, valorado por el perito en su conjunto en UN MILLON SETECIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.1.700.000,00) e informa que el mismo es tipo Ming, en buen estado. 68) Diez (10) rollos de lija tipo tela, valorados por el perito en su conjunto en UN MILLON SEISCIENTOS OCHENTA MIL BOLIVARES (Bs.1.680.000,00) e informa que los mismos miden un aproximado de 140 metros en total, marca Carborundun, en buen estado, 69) Dos (02) estantes en metal, valorados por el perito en su conjunto en CUARENTA MIL BOLIVARES (Bs.40.000,00) e informa que los mismos son de 7 entrepaños y de color amarillo, en regular estado. 70) Tres (03) rollos de alfombra, valorados por el perito en su conjunto en TRESCIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.300.000,00) e informa que los mismos son de diferentes tamaños y colores, marca 3M, en buen estado. 71) Un computador personal compuesto por: un CPU identificado con el Nro.115/230VAC.15A/104/ clon, con unidad de disco; un regulador de voltaje, marca Integral, serial 2107122974; Una impresora marca HP, serial US84T1W0FX; dos (02) cornetas para computadora, serial CS100, marca Right; tablero o teclado serial 26712, marca RWtuv; Monitor marca Kier, serial M03806SAA, valorado por el perito en QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs.500.000,00) e informa que el mismo funciona y está en regular estado de uso y conservación. Todo para un total de TREINTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.33.638.600,00). Es todo”. Seguidamente este Tribunal Ejecutor Supra-identificado DECLARA LEGALMENTE SECUESTRADOS los Bienes Muebles señalados por la Parte Actora, suficientemente identificados en la presente acta y cuyas características se dan aquí por reproducidas y se DECLARA consumada la desposesión jurídica de los mismos, haciéndole entrega de los bienes en este acto a la Depositaria judicial designada y juramentada, quien estando presente los recibe conforme en las condiciones expresadas por el perito en el acta respectiva. Es todo, se da por concluido el presente acto siendo las 7:15 p.m. y no siendo más el objeto de la constitución del Tribunal se ordena el regreso a su sede. Se terminó, se leyó y conformes firman………………….
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDGAR ENRIQUE MORALES RAMIREZ (Rfdo.).

LOS APODERADOS ACTORES (Rfdo.).

LA NOTIFICADA (Rfdo.).

EL PERITO (Rfdo.).

LA DEPOSITARIA JUDICIAL (Rfdo.).

EL AGENTE POLICIAL (Rfdo.)

EL SECRETARIO
ABG. JORGE ENRIQUE MEDINA RAMIREZ (Rfdo.).

EEMR/jemr
DNro.901-2005.