REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION
DE EJECUCIÓN DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Cristóbal, 27 de abril de 2005
195º y 146º
Visto el contenido del oficio N° 01673 de fecha 15-04-2005, remitido a este despacho por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, y revisada como ha sido la presente causa en fase de ejecución de condena en la que aparece como penado el ciudadano HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN, este tribunal hace las siguientes consideraciones:
Por decisión dictada en fecha 28 de mayo de 2002, el Juzgado Primero de Primera Instancia en Función de Control, condenó al referido ciudadano a la pena de Tres (3) años de Presidio, por la comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 461 del Código Penal. En fecha 28 de junio de 2002 se recibieron en este Tribunal de Ejecución las actuaciones respectivas y se acordó la ejecución de la condena.
Por decisión de fecha 07 de noviembre de 2002, este Tribunal acordó la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena al mencionado ciudadano y le impuso al penado el cumplimiento de su respectivo régimen por el lapso de dos años y cinco meses.
En el informe remitido a este despacho por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, se hace constar que el ciudadano HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN cumplió adecuadamente con las exigencias del régimen. No obstante quedó pendiente consignar oportunamente la constancia de trabajo que realizada actualmente en Lacor.
En consecuencia, no queda más a este tribunal que proceder a declarar el cumplimiento total de régimen de prueba de la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, en virtud de acreditarse su cabal y estricto cumplimiento durante el tiempo de su duración. Por tanto, debe decretarse la extinción de la pena, de la correspondiente responsabilidad criminal, y la libertad plena de HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN. Así se decide.
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de ley, DECIDE:
ÚNICO: DECLARA LA EXTINCIÓN DE LA PENA IMPUESTA al ciudadano HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 11.500.361, nacido el 11-08-1973, Técnico en Computación, residenciado en Urbanización Los Teques, N° 04, Edificio 8, Apartamento 01-02, piso 01, Santa Teresa, Estado Táchira, por la comisión del delito de EXTORSION, previsto y sancionado en el artículo 461 del Código Penal, y en consecuencia SE DECRETA LA EXTINCIÓN DE LA RESPONSABILIDAD CRIMINAL y SU LIBERTAD PLENA, en relación con la comisión de tal hecho punible, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105 del Código Penal.
Publíquese, regístrese y líbrense las respectivas notificaciones a las partes. Remítase el expediente al Archivo Judicial una vez firme la presente decisión. Déjese copia. Cúmplase.
Abg. Lupe Ferrer Alcedo
Juez de Ejecución N° 1
El Secretario
Abg. Hugo José Santos Rosales
Yzng.
Exp: 1E-1695-02
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Cristóbal, 27 de abril de 2005
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACION
Se le notifica a la Abogado Ana Gamboa, Fiscal Duodécimo del Ministerio Público, que en la causa N° E1-1695-02, se dictó decisión en esta misma fecha mediante la cual se Declara la extinción de la pena impuesta al ciudadano HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN, se decreta la extinción de la responsabilidad criminal y su libertad plena.
Notificación que se hace a los fines legales consiguientes.
Abg. Lupe Ferrer Alcedo
Juez de Ejecución N° 1
Firma______________________ Fecha ____________________ Hora __________________
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Se le notifica a la Abogado Ana Gamboa, Fiscal Duodécimo del Ministerio Público, que en la causa N° E1-1695-02, se dictó decisión en esta misma fecha mediante la cual se Declara la extinción de la pena impuesta al ciudadano HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN, se decreta la extinción de la responsabilidad criminal y su libertad plena.
Yzng.
Exp. E1-1695-02
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCION DE PENAS Y MEDIDAS DE SEGURIDAD
San Cristóbal, 27 de abril de 2005
195° y 146°
BOLETA DE NOTIFICACION
Se le notifica al Abogado Rafael Leonardo Colmenares, Defensor Público Noveno Penal, que en la causa N° E1-1695-02, se dictó decisión en esta misma fecha mediante la cual se Declara la extinción de la pena impuesta al ciudadano HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN, se decreta la extinción de la responsabilidad criminal y su libertad plena.
Notificación que se hace a los fines legales consiguientes.
Abg. Lupe Ferrer Alcedo
Juez de Ejecución N° 1
Firma______________________ Fecha ____________________ Hora __________________
---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Se le notifica al Abogado Rafael Leonardo Colmenares, Defensor Público Noveno Penal, que en la causa N° E1-1695-02, se dictó decisión en esta misma fecha mediante la cual se Declara la extinción de la pena impuesta al ciudadano HERNÁNDEZ GUILLEN JOSÉ GERMAN, se decreta la extinción de la responsabilidad criminal y su libertad plena.
Yzng.
Exp. E1-1695-02
|