REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 13 de Abril de 2005
194º y 146º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2005-000608
ASUNTO : SP11-P-2005-000608
Visto el escrito, presentado por la ciudadana ABG. TERESA DE JESUS RODRIGUEZ VILLEGAS, en su carácter de Fiscal Vigésima Sexta del Ministerio Público, mediante el cual requiere de este Tribunal se decrete el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 4º del Código Orgánico Procesal Penal. Este Tribunal para decidir observa:
En fecha 14 de Abril de 2.004, el Funcionario José David Sandoval, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Seccional Rubio, recibió llamada telefónica, por medio de la cual el Distinguido Nerio Reaño, adscrito a la Comisaría Junín, de esa Ciudad, le informó que se encontraba un feto desconociendo datos del mismo.
En virtud de tales hechos, se practicaron las siguientes diligencias de investigación:
1.- Al folio uno, corre inserta Acta de Investigación Penal, de fecha 14 de Abril de 2.004, suscrita el Funcionario José David Sandoval, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Seccional Rubio, en la cual deja constancia de haber recibido llamada telefónica, por medio de la cual el Distinguido Nerio Reaño, adscrito a la Comisaría Junín, de esa Ciudad, le informó que se encontraba un feto desconociendo datos del mismo.
2.- Al folio tres, corre inserta Acta de Investigación Penal, suscrita por el Funcionario Yoel Dávila, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas Seccional Rubio.
4.- Al folio catorce, corre inserta Acta de Inspección Nro 222, de fecha 14 de Abril de 2.004, suscrita por los Funcionarios Detectives Yoel Dávila, Agente Oswaldo Rojas, y la Médico Forense María Isabel Hung, adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional Rubio, realizada en el lugar donde ocurrieron los hechos antes enunciados, sin encontrar evidencia alguna.
4.- Al folio diez, corre inserta Reconocimiento Médico Legal Nro 003273, de fecha 21 de Acta de Investigación Penal, de fecha 13 de Septiembre de 2.004, suscrita por el Funcionario Detective Estarly Marlon González, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional Ureña.
5.- Al folio once, corre inserta Acta de Investigación Penal, de fecha 25 de Junio de 2.004, suscrita por el Funcionario José Davis Sandoval, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, Seccional Rubio.
Ahora bien, considera esta Juzgadora, que de la revisión exhaustiva efectuada a la presente causa, se evidencia que no se logró determinar elementos de interés que puedan ser aportados a la investigación, especialmente en cuanto a la persona que cometió el hecho punible, a los fines de que arrojen resultados positivos al esclarecimientos de los hechos, lo cual se evidencia del estudio de las actas que reposan en autos, en especial de las entrevistas efectuadas a los habitantes del sector; siendo procedente en consecuencia, decretar el sobreseimiento de la causa, el presente caso.
Por todo lo anteriormente expuesto, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCION DE CONTROL NUMERO TRES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSION SAN ANTONIO DEL ESTADO TACHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra de PERSONA DESCONOCIDA, de conformidad al artículo 318 ordinal 4to del Código Orgánico Procesal Penal, por considerar que el hecho objeto del proceso no es típico.
Notifíquese de la presente decisión y vencido el lapso de ley.-
El Juez de Control
El Secretario
Abg. Belkys Alvarez Araujo