REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCIÓN





REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
SALA DE JUICIO. JUEZ UNIPERSONAL N° 01.

Maiquetía, 28 de abril de 2005.-
Años 195° y 146°


SOLICITANTE: ANA LUISA GUILARTE, mayor de edad, venezolana y titular de la Cédula de Identidad N° 6.327.007.-

ADOLESCENTE: JUAN CARLOS REYES GUILARTE, de trece (13) años de edad.

PROCEDENCIA: PRESIDENCIA.

MOTIVO: AUTORIZACION PARA PASAPORTE Y VIAJAR.


Vista la solicitud presentada por la ciudadana ANA LUISA GUILARTE, los recaudos presentados, según la cual solicita autorización para Pasaporte y Viajar fuera del país en compañía de su hijo JUAN CARLOS REYES GUILARTE, para ser intervenido de una afección visual, en el marco del Convenio de Salud Cuba – Venezuela, este Juez Unipersonal N° 1 de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, acuerda oficiar al Director de Extranjería, a fin de que se sirva expedir pasaporte al adolescente antes prenombrado, quedando autorizada la ciudadana ANA LUISA GUILARTE, titular de la Cédula de Identidad N° 6.327.007, madre del adolescente JUAN CARLOS REYES GUILARTE, para que realice por ante ese Despacho todas las gestiones pertinentes. De conformidad con lo establecido en el artículo 393 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y el Adolescente se autoriza a la ciudadana ANA LUISA GUILARTE, madre del adolescente JUAN CARLOS REYES GUILARTE, de trece (13) años de edad, para que viaje fuera del país con destino a Cuba, el día miércoles 04 de mayo del año en curso. Expídase por Secretaría copia certificada del presente Decreto. Líbrese oficio. Cúmplase lo ordenado.

El Juez Titular (fdo) DR. ANGEL PEREZ BARRIENTOS. La Secretaria (acc) (fdo) YIRA CEBALLOS VERA. Hay un sello húmedo de la Sala de Juicio del Juzgado de Protección del Niño y del Adolescente del Estado Vargas. La suscrita Secretaria (acc). CERTIFICA: Que la copia que antecede es traslado fiel y exacto de su original. En Maiquetía, veintiocho (2() días del mes de abril del 2005. Años 195 de la Independencia y 146 de la Federación.

LA SECRETARIA (acc),

YIRA CEBALLOS VERA
EXP. N° C-1421
Aut. Viajar
APB/tb