REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CARAYACA
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE MUNICIPIO DE LAS PARROQUIAS CARAYACA Y EL JUNKO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.- CARAYACA, ONCE (11) DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO. (2005).-
194° y 146°
Vista la anterior diligencia de fecha 06 de los corrientes, suscrita por el Abogado GUILLERMO ENRIQUE DE LOS RIOS ALVARADO, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 41.928 y el pedimento en ella contenido, el Tribunal acuerda de conformidad. En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia dictada por este Juzgado en fecha 23-07-2004 y visto que la parte demandada no dió cumplimiento voluntario del fallo, se decreta la Ejecución Forzosa de la misma, de conformidad con lo pautado en el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil, ordenándose la Entrega Material del inmueble objeto del presente juicio, constituido por una casa ubicada en la Calle Real con Calle Lourdes, casa s/n° de la Parroquia Carayaca, Estado Vargas, libre de bienes y personas, a la parte actora-ejecutante. A los fines de la práctica de la Medida Ejecutiva decretada, se comisiona amplia y suficientemente al Juzgado Distribuidor Ejecutor de Medidas de Municipio de esta misma Circunscripción Judicial, al cual se acuerda librar Despacho con las inserciones correspondientes, mediante oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA,
ABG. LUCIA MASSIMO. S.
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS A. BIAGGINI C.
En esta misma fecha se le dió cumplimiento a lo antes ordenado y se libró comisión con el oficio N° 072-05.-
EL SECRETARIO,
ABG. CARLOS A. BIAGGINI C.
EXP. N° 344-90.-
LMS/Cabc/aqp.-