JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, veinte (20) de abril de dos mil cinco (2005).
194° y 145°
Por recibida la presente comisión de la Inspectorìa del Trabajo en el Estado Vargas, la cual fue asignada a este Tribunal luego de haber sido sometida a distribución, se observa que en la misma se manifiesta que el veintitrés (23) de mayo 2003 se inicio un procedimiento sancionatorio de multa contra la Asociación Civil Club Oricao ubicado en la carretera vía Chichiriviche Carayaca por desacato a la Providencia Administrativa Nº 05/2003.
Al respecto este Tribunal observa: En fecha diecinueve (19) de octubre de 1999 mediante Resolución N° 598 del extinto Consejo de la Judicatura se modificó la estructura organizativa de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas disponiéndose en el artículo 4, lo siguiente:
“…Se suprime al JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS, la competencia en el territorio de la Parroquia Carayaca…”
En virtud de ello se creo a tal efecto a través de la citada Resolución en el artículo 5, el Juzgado de Municipio de la Parroquia Carayaca de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, con sede en la población de Carayaca, en razón de ello este Tribunal declina su competencia en razón del territorio al Juzgado de Municipio de la Parroquia Carayaca. Así se decide.
Se ordena la remisión de la presente comisión al Juzgado de Municipio de la Parroquia Carayaca de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, una vez se encuentre definitivamente firme la presente decisión.
LA JUEZ,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ,

LA SECRETARIA.

LEIDIS ROJAS.