REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS. Maiquetía, 07 de abril de 2005.-
AÑOS: 194° y 145°

Vista la diligencia suscrita por el ciudadano: FERNAN ALTUVE FEBRES, titular de la Cédula de Identidad N° V-985.957 , en su carácter de heredero de la decuyus MERCEDES FEBRES DE CORDERO SALAS, parte demandada, asistido por el abogado EDGAR RAFAEL BARON, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N°44.851, mediante la cual solicita se levante la Medida de prohibición de Enajenar y Gravar sobre el oficio N° 052-04 de fecha 19 de febrero de 2004 que cursa en el Cuaderno de Medidas de la presente causa y firme como ha quedado la decisión dictada el 03-03-05 en el cual se declaro la Perención de la Instancia y extinguido el Proceso, este Tribunal suspende la medida de PROHIBICIÓN DE ENEJENAR Y GRAVAR decretada en fecha 19-02-04, sobre un inmueble distinguido con el número y letra 4-C, situado en la planta cuarta (4ta) del Edificio, “J.A”, ubicado entre el mar y la carretera que conduce de Macuto a Naiquatá, hoy avenida la playa, Urbanización Palmar Oeste, en Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, Departamento Vargas del Distrito Federal. Dicho inmueble tiene una superficie de construcción aproximada de cuarenta y un metros cuadrados con cuarenta centímetros (41,40Mts2), esta comprendido dentro de los siguientes linderos son: NORTE: con el apartamento 4-A; SUR: con el cuarto destinado a lavaropa de la planta y vacío ubicado en la fachada Oeste del referido edificio; ESTE: pasillo de circulación de la planta cuarta (4ta); y OESTE: fachada Oeste del Edificio; igualmente forma parte de dicho inmueble un puesto de estacionamiento de automóvil, distinguido con la letra y número T-7, ubicado en el espacio destinado a estacionamiento de la planta baja del Edificio. El inmueble antes descrito es propiedad de MERCEDES FEBRES CORDERO SALAS, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Estado Vargas, en fecha veintitrés (23) de abril de 1985, bajo el N° 22, Tomo cuatro (4), Protocolo primero. Librese oficio de participación.
LA JUEZ TITULAR,

ELIZABETH BRETO GONZALEZ.

LA SECRETARIA

LEIDIS E. ROJAS P.
EBG/Lr/mf.-
EXP. N° 841-03.-














REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 07 de abril de 2005.-
194° y 145°

N° __________.

CIUDADANO:
REGISTRADOR SUBALTERNO DEL PRIMER CIRCUITO
DE REGISTRO DEL ESTADO VARGAS.
SU DESPACHO.

Tengo a bien dirigirme a Ud, en la oportunidad de hacer de su conocimiento que en el juicio de COBRO DE BOLIVARES, interpuesto por Sociedad Mercantil ADMINISTRADORA DANORAL., contra MERCEDES FEBRES CORDERO SALAS, por auto de esta misma fecha: 07-4-2005, dictado al expediente N° 841-03, este Tribunal ordena suspendió la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar, decretada el 19-02-04 y participada a Ud, mediante oficio N° 052-04, de esa misma fecha sobre un inmueble distinguido con el número y letra 4-C, situado en la planta cuarta (4ta) del Edificio, “J.A”, ubicado entre el mar y la carretera que conduce de Macuto a Naiquatá, hoy avenida la playa, Urbanización Palmar Oeste, en Jurisdicción de la Parroquia Caraballeda, Departamento Vargas del Distrito Federal. Dicho inmueble tiene una superficie de construcción aproximada de cuarenta y un metros cuadrados con cuarenta centímetros (41,40Mts2), esta comprendido dentro de los siguientes linderos son: NORTE: con el apartamento 4-A; SUR: con el cuarto destinado a lavaropa de la planta y vacío ubicado en la fachada Oeste del referido edificio; ESTE: pasillo de circulación de la planta cuarta (4ta); y OESTE: fachada Oeste del Edificio; igualmente forma parte de dicho inmueble un puesto de estacionamiento de automóvil, distinguido con la letra y número T-7, ubicado en el espacio destinado a estacionamiento de la planta baja del Edificio. El inmueble antes descrito es propiedad de MERCEDES FEBRES CORDERO SALAS, según documento protocolizado ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Estado Vargas, en fecha veintitrés (23) de abril de 1985, bajo el N° 22, Tomo cuatro (4), Protocolo primero.-
Participación que se le hace a los fines legales consiguientes.
DIOS Y FEDERACION

ELIZABETH BRETO GONZALEZ
LA JUEZ TITULAR.

EBG/mf.-
EXP.n° 841-03.-