REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICAIL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCIÓN DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO

Maiquetía, 04 de Abril de 2005
194° y 146°

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: 11.478
PARTE ACTORA: IRMA VELASQUEZ, HAYDEE JOSEFINA VELASQUEZ y ESTEFANÍA MENDOZA, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V.- 4.116.390, 4.120.918 y 1.457.476.
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: MARIA DOS SANTOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 32.994.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL ESTADO VARGAS.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: ARMANDO VALDIVIESO NUÑEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 4190, en su carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Vargas.
MOTIVO: DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.

En el día hábil de hoy, cuatro (04) días del mes de Abril del año dos mil cinco (2005), siendo las doce del mediodía (12:00 m), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia que se encuentran presente la Profesional del Derecho, Ciudadana: MARIA DOS SANTOS, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora; y el Ciudadano: ARMANDO VALDIVIESO NUÑEZ, en su carácter de Síndico Procurador Municipal del Municipio Vargas.

Celebrada la Audiencia, las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo:

PRIMERA: La apoderada judicial de la parte actora, oferta en esta audiencia la cantidad de tres pagos, por la cantidad de Bs. 67.045,037,00, cada uno monto este con sus intereses moratorios y su respectiva indexación por concepto de Prestaciones sociales, equivalente al 70% del monto reclamado de las ciudadanas IRMA VELAZQUEZ, HAYDEE JOSEFINA VELAZQUEZ y ESTEFANIA MENDOZA, titulares de la cédula de identidad Nros. 4.116.390, 4.120.918 y 1.457.476, respectivamente.

SEGUNDA: En este Estado el ciudadano ARMANDO VALDIVIESO, en su carácter de Sindico Procurador Municipal de Estado Vargas expone: Sin que dicha propuesta obligue de modo alguno al Municipio al pago de la suma demandada así como intereses moratorios e indexación; en este sentido elevare a la dirección de Recursos Humanos para que decidan si es procedente el pago de la sumas antes referidas.

TERCERA: Ambas partes solicitan a este Tribunal la Prolongación de la Audiencia Preliminar para el día 18 de Abril de 2005, a las doce (12:00 m) del mediodía, a los fines de llegar a un solución al conflicto planteado.



CUARTA: Por cuanto han quedado pendiente otros aspectos que analizar las partes conjuntamente con la Juez consideran necesaria la prolongación de la presente Audiencia para el día Lunes 18 de Abril del 2005 a las 12:00 m. de conformidad con lo previsto en el articulo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.
LA JUEZA

DRA. BETTY LUQUEZ
LA SECRETARIA

POR LA PARTE ACTORA
_______________________ ABG MARÍA A. GONZÁLEZ
MARIA DOS SANTOS

POR LA PARTE DEMANDADA

________________________
ARMANDO VALDIVIESO
BLP/MAG
Exp. N° 11.