REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL SEGUNDO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, doce (12) de abril de dos mil cinco (2005)
194° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000087
PARTE ACTORA: venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V-6.801.139.
APOODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: REBECA ALBARRACÍN MÁRQUEZ, MARÍA FABIOLA RODRÍGUEZ y MARDY RIVAS TORRES, abogadas en ejercicio, inscritas en el INPREABOGADO bajo los Nos. 61.846, 100.609 y 112.110, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: “AEROSPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.”
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: JUAN SIMÓN GANDICA SILVA, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 1293.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y SALARIOS CAÍDOS.

En el día hábil de hoy martes, doce (12) de abril del año dos mil cinco (2005), siendo las diez (10:00 a.m.) horas de la mañana, oportunidad fijada para dar inicio a la Audiencia Preliminar comparecieron los ciudadanos: JUAN FRANCISCO REYNA RAMOS, MARDY RIVAS TORRES y JUAN SIMÓN GANDICA SILVA, ya identificados. Celebrada da la Audiencia las partes han llegado a los siguientes acuerdos: PRIMERO: La parte Demandada se compromete a pagar a la parte Demandante los siguientes conceptos y montos, derivados de la relación laboral que los unió: --------------------------------------------------------------------------------------------------
FECHA DE INGRESO: 17/01/2001
FECHA DE EGRESO: 13/05/2004

TIEMPO DE SERVICIO 3 años, 3 meses y 26 días
SALARIO DIARIO BÁSICO: Bs.10.700,00
SALARIO DIARIO INTEGRAL: Bs.11.738,89
CONCEPTOS DIAS SALARIO
DIARIO BOLIVARES

Prestaciones Antigüedad Art. 108 LOT 180 1.661.939,70
Indemnización por Despido Art. 125 LOT 90 11.738,89 1.056.500,10
Indemnización Sustitutiva del Preaviso Art. 125 LOT 60 11.738,89 704.333,40
Utilidades 5 10.700,00 53.500,00
Bono Vacacional Fraccionado 4.17 10.700,00 44.619,00
Vacaciones fraccionadas 6,25 10.700,00 66.875,00
Bono Transaccional 212.232,80
TOTAL A PAGAR 3.800.000,00



SEGUNDO: Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100 (Bs. 3.800.000,00), cantidad ésta que será cancelada por la parte demandada, el día veintinueve (29) de abril del presente año, por ante este Tribunal en horas de despacho. TERCERO: La parte demandante conviene que con la suma pactada, quedan satisfechos todos los conceptos demandados incluyendo, salarios caídos, honorarios profesionales de abogados, intereses de mora e indexación. Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto no han sido vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efecto de Cosa Juzgada.
LA JUEZ,

DRA. REBECA MARTINEZ
LAS PARTES COMPARECIENTES:

JUAN FRANCISCO REYNA RAMOS,

MARDY RIVAS TORRES,

JUAN SIMÓN GANDICA SILVA,


LA SECRETARIA,

ABG. JENIFFER VICUÑA BRAZÓN
Exp. No. WP11-L-2005-000087