| 
 REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 CIRCUITO JUDICIAL  DEL TRABAJO
 DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
 TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL  TRABAJO
 
 Maiquetía, siete (07) de abril de dos mil cinco (2005)
 194° y 146°
 
 ACTA
 
 Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2004-000367
 PARTE ACTORA: AIDE DEL CARMEN DELGADO DE ALVAREZ y TERESA DE JESUS ALVAREZ SILVA, venezolanas, mayores  de edad y titulares  de las cédulas de identidad Nos  4.561.408 y 1.436.604 respectivamente.
 ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: JORGE LUIS MEDINA, abogado al servicio de la Procuraduría de Trabajadores del Estado Vargas e inscrito en el INPREABOGADO bajo el número: 55.725.
 PARTE DEMANDADA: “AEROCHE, C. A.”
 DIRECTORES PRINCIPALES DE LA EMPRESA DEMANDADA: ERNESTO CHE OLIVARES L. y ALEXEI JOSE OLIVARES L.,  titulares  de las cédulas de identidad Nos  10.578.562 y 10.580.375 respectivamente
 ABOGADA ASISTENTE  DE LA PARTE DEMANDADA: FRANCIS DEL C. ZAPATA R. abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el numero 63.513
 MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
 
 En el día hábil de hoy, siete (07) de abril del dos mil cinco (2005), siendo las dos (02:00 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar el inicio de la  Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: AIDE DEL CARMEN DELGADO DE ALVAREZ y TERESA DE JESUS ALVAREZ SILVA, parte actora; JORGE LUIS MEDINA, Abogado Asistente de la  parte actora; ERNESTO CHE OLIVARES L. Director de la empresa demandada, Igualmente se encuentra presente la  profesional del derecho FRANCIS DEL C. ZAPATA R. Abogada Asistente de la demandada; todos plenamente identificados supra. Dándose así inicio al acto de la prolongación, las partes han conciliado y reconocen como ciertas las cantidades que a favor de las trabajadoras demandantes se originaron de la relación de trabajo que los unió, como a continuación se relacionan: --------
 TERESA DE JESUS ALVAREZ SILVA
 Fecha de Ingreso: 01/11/1995
 Fecha de Egreso: 29/12/2003
 Tiempo Total de Servicio: 8 años, 1 mes y 28 días
 CONCEPTOS	DIAS 	SALARIOS	MONTOS
 Antigüedad al 19 de junio de 1997	60	500	      30.000,00
 Compensación de Transferencia 	45	1000	      45.000,00
 Antigüedad art. 108 LOT			  1.781.215,17
 Intereses de Prestaciones			     385.384,42
 Vacaciones	12,83	7553,33	      96.909,22
 Bono Vacacional Fraccionado	8,17	7553,33	      61.710,71
 Utilidades Fraccionadas	8,75	7553,33	      66.091,64
 TOTAL ASIGNACIONES			  2.466.311,16
 AIDE DEL CARMEN DELGADO DE ALVAREZ
 Fecha de Ingreso: 01/11/1995
 Fecha de Egreso: 29/12/2003
 Tiempo Total de Servicio: 8 años, 1 mes y 28 días
 CONCEPTOS	DIAS 	SALARIOS	MONTOS
 Antigüedad al 19 de junio de 1997	60	500	      30.000,00
 Compensación de Transferencia 	45	1000	      45.000,00
 Antigüedad art. 108 LOT			  1.781.215,17
 Intereses de Prestaciones			     385.384,42
 Vacaciones	12,83	7553,33	      96.909,22
 Bono Vacacional Fraccionado	8,17	7553,33	      61.710,71
 Utilidades Fraccionadas	8,75	7553,33	      66.091,64
 TOTAL ASIGNACIONES			  2.466.311,16
 Y el monto acordado a pagar por la demandada a cada una de las trabajadoras demandantes, es de BOLIVARES DOS MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS ONCE CON DIECISEIS CENTIMOS (Bs. 2.466.311,16); cantidad esta que será cancelada de la siguiente forma:
 MONTO  	FECHA
 1.233.155,58 	29/04/2005
 1.233.155,58 	20/05/2005
 Los cuales serán pagados a cada una de las trabajadoras demandantes en las fechas antes señaladas, a las doce (12:00 p.m.) horas del mediodía, por ante la sede de este Tribunal asimismo se les otorgará media (1/2) hora de espera a las partes  por cualquier circunstancia que se les pueda presentar debido a que ésta estas son Prolongaciones de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, por lo que el incumplimiento en alguno de los pagos acordados será considerado inmediatamente de plazo vencido y podrá pedirse su ejecución. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
 EL JUEZ,
 
 DR. GUSTAVO ROMERO
 
 
 LAS PARTES COMPARECIENTES
 
 
 PARTE ACTORA
 
 
 
 ABOGADO ASISTENTE DE
 LA PARTE ACTORA
 
 
 
 DIRECTOR PRINCIPAL DE
 LA EMPRESA DEMANDADA
 
 
 
 ABOGADA ASISTENTE DE
 LA EMPRESA DEMANDADA,
 
 
 LA SECRETARIA,
 
 
 ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
 EXP. Nº WP11-L-2004-000367
 “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES”
 
 
 
 |