REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
TRIBUNAL CUARTO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA DEL TRABAJO

Maiquetía, siete (07) de abril de dos mil cinco (2005)
194° y 146°

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2005-000052
PARTE ACTORA: MERCEDES VEITIA DE FREITES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.920.713
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: MIRIAM TUA PADILLA, abogada en ejercicio e inscrita en el INPREABOGADO bajo el numero 10.167.
PARTE DEMANDADA: “GUARDERIA PREESCOLAR ALEXANDER HUMBOLDT.” Inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, el 16 de julio del 2003, bajo el numero 41, tomo 1-B.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: LOURDES JOSEFINA CONTRERAS, SONIA FERNANDES y ANTONIO JOSE DAUTANT, abogados en ejercicio e inscritos en el INPREABOGADO bajo los números 16.702, 57.815 y 16.817, respectivamente.
MOTIVO: “COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”

En el día hábil de hoy, siete (07) de abril del dos mil cinco (2005), siendo las tres y treinta minutos (03:30 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma las ciudadanas: VEITIA DE FREITES MERCEDES ALICIA, parte actora; MIRIAM TUA PADILLA, Apoderada Judicial de la parte actora; igualmente se encuentra presente la profesional del derecho SONIA FERNANDES MARTINS, Apoderada Judicial de la empresa demandada; todas plenamente identificadas supra. Dándose así inicio al acto de prolongación de la Audiencia, las partes han conciliado y reconocen como ciertas las cantidades que a favor de la trabajadora demandante se originaron de la relación de trabajo que les unió de la siguiente forma: -------------------------------------------------
Trabajador: MERCEDES VEITIA DE FREITES
Cédula de Identidad: V- 6.920.713
Empresa: GUARDERIA PREESCOLAR ALEXANDER HUMBOLDT
Fecha de Ingreso: 15-07-2.003.
Fecha de Egreso: 16-06-2.004.
Tiempo de Servicio a bonificar: 11 MESES, 1 DIA
1.- ANTIGÜEDAD: 45 días X Bs. 9.884,20 S.D.I=------------------------------- Bs. 444.789,00
2.- VACACIONES VENCIDAS: 15 días X Bs. 8.000,00 S.D=------------------- Bs. 120.000,00
3.- UTILIDADES FRACCIONADAS: 6,25 días X Bs. 8.000,00 S.D=------------- Bs. 50.000,00
4.- BONO VACACIONAL: 7 días X Bs. 8.000,00 S.D=----------------------------- Bs. 56.000,00
5.- FIDEICOMISO: ----------------------------------------------------------------- Bs. 129.211,00
Total Prestaciones Sociales y Otros Beneficios........................................Bs. 800.000,00
Tales conceptos suman la cantidad de BOLIVARES OCHOCIENTOS MIL SIN CENTIMOS (Bs. 800.000,00) los cuales son cancelados por la parte demandada en este acto en dinero efectivo a favor de la actora-demandante MERCEDES VEITIA DE FREITES, quien personalmente recibe conforme. Se deja constancia que en este acto se devolvieron a las partes las pruebas consignadas al inicio de la Audiencia Preliminar. Este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución de Primera Instancia del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, visto como es que la conciliación ha sido positiva y que el presente acuerdo no vulnera derechos del Trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES Y LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, razón por la cual se ordena el archivo del expediente. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
EL JUEZ,

DR. GUSTAVO ROMERO


LAS PARTES COMPARECIENTES


PARTE ACTORA



APODERADA JUDICIAL DE
LA PARTE ACTORA



APODERADA JUDICIAL DE
LA EMPRESA DEMANDADA,


LA SECRETARIA,


ABG. RAFALMY BENITEZ YUMAS
EXP. Nº WP11-L-2005-000052
“COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS BENEFICIOS”