REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 08 de Agosto de 2005.
195° y 146°
De la revisión de las actas procesales que conforman la presente causa, se evidencia de la diligencia de fecha 25/06/04, suscrita por la Alguacil de éste Despacho, que al momento de practicar la notificación de los ciudadanos: NANCY SAADE DE BOGAN, SIMÓN ANTONIO SAADE DAHDAH y SANTIAGO SAADE DAJDAJ, en la dirección del inmueble de autos, la ciudadana: OFELIA HERNÁNDEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 6.109.551, le informó que ellos son hijos del ciudadano: SIMÓN SAADE, dueño de la vivienda y quien murió hace cuatro (04) años; que ellos viven en Caracas, y que ella vivió durante treinta (30) años con el mencionado señor en dicha vivienda; que los hijos del finado quieren sacarla de la misma; que le han ofrecido un alquiler, pero que ella desconfía de esta propuesta y que además no tiene a donde ir.
Asimismo, del auto dictado en fecha 04/10/04, se constata que éste Tribunal ordenó la reposición de la causa al estado en que se practique la notificación de los ciudadanos: NANCY SAADE DE BOGAN, SIMÓN ANTONIO SAADE DAHDAH y SANTIAGO SAADE DAJDAJ, a fin de que comparezcan por ante éste Tribunal a exponer lo que a bien tengan en relación a la solicitud de Entrega Material del inmueble de autos; asimismo se dejó sin Efecto el acto realizado en fecha 22/09/04, relativo a la comparecencia de la ciudadana: OFELIA HERNÁNDEZ, el cual fue declarado Desierto, omitiendo de ésta manera pronunciarse sobre la notificación de la referida ciudadana.
En consecuencia, como complemento del auto dictado en fecha 04/10/04, cursante a los folios 59, 60 y 61, se ordena la Notificación de la ciudadana: OFELIA HERNÁNDEZ, para que comparezcan por ante éste Tribunal dentro de los diez (10) días de Despacho siguientes, contados a partir de que conste en autos su notificación, a fin de que exponga lo que a bien tenga en relación a la solicitud de Entrega Material del objeto del presente proceso. A tal efecto, líbrese Boleta con las inserciones pertinentes.
LA JUEZ,
LA SECRETARIA,
Dra. ANA TERESA AYALA.
YASMILA PAREDES.
En la misma fecha se libró la Boleta de Notificación ordenada.
LA SECRETARIA,
YASMILA PAREDES.
ATA/YP/wg.
Exp. N° S-274.