REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO EN LO CIVIL

En el día de hoy nueve (09) de Agosto de dos mil cinco, siendo las ocho de la mañana (8:00 a..m.), se traslado y se constituyó el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción del estado Vargas, constituido por la Dra. ANA TERESA AYALA, y la Secretaria en compañía de la parte actora ciudadano NELSON HORACIO MORIN SUMOZA, titular de la cédula de identidad N° 5.114.313, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 104.750, actuando en su propio nombre y representación, en la siguiente dirección Calle Rivas con Calle el Mamón, Parroquia Naiquatá, del Estado Vargas, a los fines de practicar Inspección Judicial, en el inmueble identificado en el escrito de la demanda y acordada en fecha 03 de agosto de 2005. Seguidamente el Tribunal deja constancia inspección Judicial PRIMERO: El Tribunal deja constancia que el terreno inspeccionado en su área perimetral esta protegido por un muro de bloques, igualmente observa que en el lindero Norte del referido inmueble se encuentra una entrada tapiada con un muro de bloques de arcilla y cemento diferente a la estructura supra señalada ( muro de bloque). SEGUNDO: El Tribunal deja constancia que se observa en el lindero Oeste del inmueble una puerta de hierro pintada de marrón, cuyo marco se observa esta recién frisado, y para el momento de la inspección dicha puerta se encuentra cerrada, por lo que el solicitante manifestó no tener llaves que permitan el acceso de su propiedad. Igualmente en el mismo lindero se observó un medidor de luz; TERCERO: El Tribunal deja constancia que se observo que el muro perimetral pierde su continuidad en el lindero oeste colindante con la parcela vecina y se pudo observar una bienhechurias de concreto; CUARTO: El Tribunal deja constancia que pudo observar en el interior del inmueble inspeccionado una platabanda en proceso de construcción ubicada hacia el lindero norte de la parcela. En este estado y cumplida como ha sido la misión del Tribunal siendo las 09:00 A. M., ordena regresar a su sede natural dejando constancia de la actuación en el Libro Diario que lleva este Despacho. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZ,

DRA. ANA TERESA AYALA
LA PARTE ACTORA


LA SECRETARIA,

YASMILA PAREDES