REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, doce (12) de agosto de dos mil cinco.
195º y 146º
Recibido por distribución, solicitud de únicos y universales herederos, constante de dos (02) folios útiles, y consignados sus recaudos, constantes de veintidós (22) folios útiles. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de Ley correspondiente. Se admite cuanto ha lugar en derecho la anterior solicitud por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara bastantes y suficientes las anteriores diligencias, para asegurarles a los ciudadanos Luis Eduardo Bonilla Villamizar, Nancy María Bonilla de Moreno, Juan de Jesús Bonilla Villamizar, José Humberto Bonilla Villamizar, Edgar Orlando Bonilla Villamizar, Doris Mabel Bonilla Villamizar, Henry Bonilla Villamizar y Belkys Coromoto Bonilla Villamizar, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-9.462.155, V-4.446.329, V-5.282.345, V-5.282.346, V-5.742.538, V-9.143.019, V-9.460.444 y V-9.466.712 respectivamente y civilmente hábiles, EL CARÁCTER DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus Juan de Jesús Bonilla Torres, quien fuera padre de los antes nombrados, se deja a salvo todo derecho de terceros. Se acuerda devolver originales estas actuaciones dejando copia certificada para el archivo del Tribunal._El Juez Temporal, (Fdo) Pedro Alfonso Sánchez Rodríguez. El Secretario Temporal, (Fdo) Ramón Javier Sarmiento S. Esta el sello del Tribunal._ El Suscrito, Secretario Temporal del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, certifica la exactitud de la anterior copia por ser fiel traslado de su original que se encuentra en la solicitud Nº 4458-2005, en que el ciudadano Luis Eduardo Bonilla Villamizar, asistido del abogada Julio Cesar Sandoval Pérez solicita la declaración de únicos y universales herederos. San Cristóbal, doce (12) de agosto de dos mil cinco.
El Secretario Temporal,
Ramón Javier Sarmiento S.
floriselda