SENTENCIA N° _____
EXPEDIENTE N° 34135.
MOTIVO: Rectificación de Partida de Nacimiento.
SOLICITANTE: MARIA VICTORIA TOLOSA DE BRICEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de identidad N° 5.654.215, domiciliada en la calle principal de Manuel Felipe Rugeles, Casa sin Numero, San Cristóbal, Estado Táchira, debidamente asistida por la Defensora Pública de Protección, abogada ELVA MERLE PANZA OSTOS, en beneficio de su hija, la adolescente EVANGELINA AGUASANTA MAVARES TOLOSA, identificada con Partida de Nacimiento N° 303, de fecha 31 de Enero de 1989, expedida por la Prefectura del Municipio Miranda del Estado Falcón.
En fecha 07 de Marzo de 2.005, se recibió por distribución, escrito mediante l cual la ciudadana MARIA VICTORIA TOLOSA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.654.215, asistida por la Defensora Pública de Protección, abogada ELVA MERLE PANZA, solicitó la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de su hija, la adolescente EVENGELINA AGUASANTA MAVARES VERA, inserta en el Registro Principal del Estado Falcón, en fecha 31 de Enero de 1989, bajo el N° 303, en el sentido que se corrija el error cometido por cuanto se cometió un error al escribir el primer apellido del padre por lo que dice “MAVAREZ”, cuando lo correcto es que debe decir: “MAVARES”. Junto a su escrito anexo partida de nacimiento de la cual pide la rectificación, expedida por la Prefectura y el Registro Principal del Estado Falcón.
Dicha solicitud fue admitida por auto de fecha 18 de marzo de 2.005, en el cual se acordó instar a la parte a consignar copia certificada de la cedula de identidad del ciudadano FERMIN ANTONIO MAVARES VERA, y, notificar a la Fiscal del Ministerio Público.
En fecha 22 de Marzo del 2005, se agrego al presente expediente boleta de notificación debidamente firmada por la Fiscal Especializada.
En fecha 21 de Abril del 2005, se Avoco al conocimiento de la causa la ciudadana Juez ABOG. HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ, acordó proseguirla en el estado en que se encuentra, e insto a la parte solicitante a consignar otro documento probatorio en el cual indicara el error material cometido en la partida de nacimiento de la adolescente EVANGELINA AGUASANTA MAVARES TOLOSA.
En fecha 04 de agosto del 2005, la ciudadana MARIA VICTORIA TOLOZA DE BRICEÑO, consigno copia simple de la partida de nacimiento de la ciudadana YOSELIT BONNI ZUH MAVARES, hermana de la adolescente EVANGELINA AGUASANTA MAVARES TOLOSA.
PARA DECIDIR LA JUEZ PREVIAMENTE CONSIDERA:
U N I C O: Examinada la partida de nacimiento de la adolescente EVANGELINA AGUASANTA MAVARES TOLOSA, de la cual se pide la rectificación y vistos los recaudos agregados al expediente, se evidencia que se cometió el error señalado, al escribir el primer apellido del padre, para lo cual se escribió “MAVAREZ”, cuando lo correcto es que debe decir: “MAVARES”, y por ser de evidente interés conforme a lo señalado en el artículo 8 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente ordenar la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO de la adolescente EVANGELINA AGUASANTA MAVARES TOLOSA, para que en lo sucesivo aparezca correctamente “FERMIN ANTONIO MAVARES VERA”, tal como quedó demostrado, y ASI SE DECIDE.
Por lo anteriormente señalado y en el interés superior de la adolescente, esta Juez Unipersonal N° 3 Temporal de la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD. En consecuencia se ordena la RECTIFICACIÓN DE LA PARTIDA DE NACIMIENTO N° 303 de fecha 31 de Enero de 1989, expedida por la Registro Principal del Estado Falcón, perteneciente a la adolescente EVANGELINA AGUASANTA MAVARES TOLOSA, en el sentido que diga “FERMIN ANTONIO MAVARES VERA”, de conformidad con lo señalado en el artículo 773 del Código de Procedimiento Civil.
Inscríbase esta sentencia en el Libro del Registro Principal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, estámpese la correspondiente nota marginal.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los 12 días del mes de agosto de 2.005.
Abg. HIRIAN MERCEDES MONTOYA RODRÍGUEZ
JUEZ UNIPERSONAL N° 03 (T)
Abg. GEORGE LASTRA POZO
SECRETARIO.
En la misma fecha se cumplió lo ordenado.
El Secretario.-
SENTENCIA N° ___
Exp. N° 34135.
Rectificación de Partida de Nacimiento.
Rhonal.-
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