Revisado el presente expediente y los documentos anexos al escrito de solicitud y cumplido como ha sido lo requerido en el auto de admisión, esta Jueza Temporal Unipersonal Nº 03 del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley AUTORIZA amplia y suficientemente A la ciudadana RAMIREZ DE YANEZ LEIDA YAJAIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V 10.166.508, para que en nombre y representación de sus hijos: ERIKA GERALDINE, JESUS ENRIQUE y JHEISO ENRIQUE YANEZ RAMIREZ, venezolanos de dieciséis (16), nueve (09) y un (01) años de edad en su orden, para que tramite y gestione por ante cualquier organismo Público y Privado, las prestaciones sociales, seguro de vida, pensión ley de política habitacional y otros derechos que le corresponda por la muerte de su padre, el ciudadano YANEZ MIRANDA NARCISO ENRIQUE, quien era Venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V– 5.669.778, quien en vida era de profesión militar con el grado de Sargento Mayor de Primera del Ejército. Es de advertir que lo que corresponda a los prenombrados niños y Adolescente debe ser remitido a este Despacho en un cheque de gerencia a nombre de este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para ser agregado al expediente Nro. 36048 de Cobro de Beneficios.
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal y expídase copia certificada a la parte interesada.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira. San Cristóbal a los doce días del mes de agosto de 2005. Años 195º de la Independencia y 146º de la Federación.


Abog. HIRIAN MONTOYA RODRIGUEZ
Juez (T) Unipersonal Nro. 03
ABG. GEORGE LASTRA POZO.
SECRETARIO (T)


En la misma fecha, se publicó, se registró y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.


El Secretario.

Exp.Nro. 36048
Rhonal.-