JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
195° y 146°
Visto el contenido de la diligencia de fecha 30-06-2005, suscrita por el ciudadano NEPTALÍ NIÑO TARAZONA, venezolano, mayor de edad, comerciante, titular de la cédula de identidad N° V-8.110.010 y de este domicilio, presidente de la sociedad mercantil INMOBILIARIA ALQUILA Y VENDE COMPAÑÍA ANÓNIMA (ALVENCA) de este domicilio e inscrita ante el Registro mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en fecha 23/09/1983, bajo el N° 2, tomo 16-A, con posteriores reformas, en su carácter de ARRENDADORA, a través de su apoderado judicial abogado LUIS ANTONIO SOLANO PRADA, inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 11.451, en la que manifiesta su intención de DESISTIR de la demanda; por cuanto dicho acto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN conforme a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, y ordena proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada; y por cuanto se observa que no hay más actuaciones que realizar se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado
Segundo de los Municipios San Cristóbal y Torbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en San Cristóbal, a los tres días del mes de agosto del año dos mil cinco. Años: 195° de la Independencia y 146° de la Federación.
Abg. GREGORIO EDECIO PÉREZ AGUILAR
Juez Temporal
MARÍA E. VILLAMIZAR DE GALVIS
Secretaria
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