JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE
LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, cinco de agosto de dos mil cinco.
195º y 146º
El Juez Temporal de este Tribunal, SE AVOCA al conocimiento de la presente causa y en base al artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el artículo 257 ejusdem, se continúa el proceso en el estado en que se encuentra. En el presente juicio signado con el N° 3585, instaurado por el abogado FRANCISCO FONTIVEROS CASANOVA, apoderado judicial de la Compañía Distribuidora Táchira, S.A., contra IGNACIO MOLINA PEREZ, por RESOLUCION DE CONTRATO. Examinada como han sido las actas que integran la presente causa, se observa que en fecha 20 de noviembre de 1986, el abogado actor Francisco Fontiveros, manifestó que el demandado canceló la totalidad de la deuda, por ello solicita se levante la medida y se archive del expediente. Por cuanto dicho pedimento no es contrario a derecho, ni está prohibido por la Ley; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA PROCEDENTE dicho pedimento y a tal efecto acuerda:
LEVANTAR LA MEDIDA DE SECUESTRO, decretada el 06-11-1996.
Dar por terminado el presente juicio y archivar el expediente.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,
Jun José Molina Camacho
La Secretaria,
Cruz M. Díaz García
En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el Nº , se libró oficio Nº
Marilú
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