REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TÁCHIRA
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIÓN DE CONTROL Nº 03
Asunto Principal N° 3C-6480-05
ACTA DE PRESENTACIÓN FÍSICA DE APREHENDIDO
En el día de hoy, Lunes primero (01) de Agosto de dos mil cinco (2005), siendo las cuatro horas de la tarde (04:00 am.), compareció ante este Tribunal el Fiscal Dieciocho del Ministerio Público, Abogado YEANCARLOS VINCI, quien expuso: “Presento ante usted, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 numeral 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano CARLOS ANDRÉS MONTILLA BETANCOURT, de nacionalidad Colombiana, natural de Cúcuta, Republica de Colombia, nacido el día 27-03-1980, de 25 años de edad, hijo de Rosalba Montilla Betancourt (v) y Idelfonso Montilla Bonilla (v), titular de la cedula de identidad Nro. E-88.194.694, de Estado Civil Soltero, de Profesión u Oficio Obrero, residenciado en el Barrio Buenos Aires, Parte Alta, vereda 2, calle 2, casa sin numero, Zorca San Joaquín, Municipio Independencia, Estado Táchira. Seguidamente, la Juez informó al imputado respecto de la forma, en que los Funcionarios practicaron sus aprehensiones, con el fin de determinar si le fueron respetados sus derechos fundamentales. Acto seguido, el Juez procedió a dejar constancia de lo siguiente:--------
PRIMERO: Que desde el momento de la detención del ciudadano CARLOS ANDRÉS MONTILLA BETANCOURT, hasta el instante de su presentación física por ante el Tribunal de Primera Instancia Penal en Función de Control Nº 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Táchira, siendo presentado a las DOS Y CUARENTA HORAS de la tarde (02:40 P.M), según consta del sello húmedo de la Oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal, el mismo fue aprehendido el día TREINTA Y UNO (31) de Julio del año en curso, a las 01:30 horas de la tarde, por cuanto han transcurrido VEINTICINCO horas y DIEZ minutos (25:10 horas), de conformidad con el contenido en el artículo 44 numeral 1º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.--------------------------------
SEGUNDO: En cumplimiento a lo establecido en el artículo 44 ordinal 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, se deja constancia, que el referido ciudadano CARLOS ANDRÉS MONTILLA BETANCOURT, manifestó que no fue lesionado por los funcionarios aprehensores.-------------------------------------------
TERCERO: Se deja constancia que el imputado de autos CARLOS ANDRÉS MONTILLA BETANCOURT, estuvo debidamente asistido por la Defensor Publica, Abogada Isley Morales, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 ordinal 3º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.----------------------------------
CUARTO: Acuerda fijar este Tribunal la Audiencia de Calificación de Flagrancia e Imposición de Medida de Coerción, para el día Martes 02 de Agosto del año 2005, a las 9:30 horas de mañana.-
Quedaron notificadas las partes, así mismo déjese copia para el archivo de Tribunal. Líbrese la correspondiente Boleta de Traslado a la Dirección de Seguridad y orden Publico. Terminó siendo las cuatro y veinte horas de la tarde, (04:20 p.m), se leyó y conformes firman:
|